Hola de nuevo vecin@s, voy a comentar un tema que me lleva un tiempo rondando la cabeza y del cual no estoy seguro, y que quizás, alguno de vosotros si me podáis ayudar.
Nosotros firmamos el contrato de compraventa del piso el pasado mes de febrero. Con la firma, tuvimos que hacer efectivo un dinero, para regularizar todas la cuotas que deberíamos haber hecho si hubiesemos estado pagando desde el inicio hasta el mes de febrero, vamos, que nos tuvimos que poner al día.
Ahora, como todos vosotros, pues tenemos que pagar una cantidad mensualmente hasta el mes de diciembre de 2011, en el cual ya tendremos pagado el 20 % del valor de nuestros pisos, bueno, ya sabéis a que me refiero.
La cuestión es a ver si alguien me puede decir si la cantidad inicial que desembolsamos, así como las cuotas mensuales, nos las podemos desgravar en la declaración de la renta del año que viene, bueno, yo hago el borrador, y si se puede cómo qué concepto aparecería en dicho borrador.
A ver si los que estáis pagando cuotas desde el año 2009, que creo que sois la mayoría, me podéis decir algo al respecto; yo creo que sí se podrá, que ese dinero no caerá en saco vacío como quien dice.
Un saludo a tod@s, y nosotros probablemente nos animemos a la quedada que por aquí se comenta.