1.- Sólo si fiscalmente le interesa puede declarar en su conjunto la totalidad de la ayuda AEDE, sino puede fraccionarla en 4 años. (puedo emitirle a consultas tributarias al respecto, pero creo será más fácil si realiza una búsqueda en Google y verá que la ayuda AEDE puede declararse durante 4 años).
2. Efectivamente hay que declarar los intereses que nos han subvencionado, pero sólo los que correspondan al año 2.010.
3. Efectivamente, se puede solicitar a CCM un justificante de los seguros obligatorios que nos han obligado a firmar con ellos. El seguro del hogar puede deducirse junto con las cantidades pagadas de hipoteca (capital+intereses). El seguro de vida la AEAT lo incluye dentro de la casilla 482, desconozco como CCM ha declarado ese importe (esto es muy importante).
4. Ejemplo: Se recibió una ayuda AEDE el 1 de febrero del año 2.010 por importe de 10.000 € destinado a la adquisición de la vivienda habitual VPO.
10.000 / 4 años = 2.500 € a declarar cada año.
Esos 2.500 € corresponden a 365 días - 31 = 334 días
Hayamos una regla de tres:
Si 2.500 € ---> 365
x ---> 334
En la declaración del año 2.010 en concepto de AEDE, casilla 310, pondríamos 2.287,67 €