YO BAJE A PREGUNTAR Y ME COMENTARON QUE EN NUESTRO CASO DEPENDE DEL PARLAMENTO, Y QUE EL DIA DE REVISION ES REAL Y QUE SE APLICARÁ LO QUE APRUEBE EL PARLAMENTO CUANDO LO REVISEN CON CARACTER RETROACTIVO A DIA 22 DE ENERO.
TAMBIEN PREGUNTE LO DE QUE NOS COBREN LA COMISION DE MANTENIMIENTO POR PRIMER AÑO, CUANDO LOS QUE ESTAMOS AQUI DESDE EL PRIMCIPIO SABEMOS QUE SE NOS PROMETIO EN LA FIRMA DE CONTRATO QUE NUNCA SE NOS COBRARIA, PERO QUE NO LO PONIAN EN CONTRATO POR RAREZAS TECNICAS DE ESTE BANCO, Y QUE HASTA AHORA NO HEMOS TENIDO PROBLEMAS PERO A PARTIR DE AHORA NOS LA COBRARIAN A TODOS.
TAMBIEN QUIERO APROBECHAR PARA COMENTAROS QUE SEGUN TENGO ENTENDIDO EXISTE UNA LEY QUE PROHIBE EL COBRO DE ESTA COMISIÓN SI LA CUENTA SE UTILIZA EXCLUSIVAMENTE PARA EL PAGO DE LA HIPOTECA.
OS ANIMO DESDE AQUI A BAJAR Y PRESENTAR RECLAMACION POR ESCRITO EN PAPEL OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (CONSUMO)
http://www.bde.es/webbde/es/secciones/servicio/reclama/criterios/comis_dep.html