Se me ha olvidado comentar que me he bajado información bastante interesante sobre la calificación provisional a traves del BOE. Y en uno de los puntos que creo que es importante subrayar consta lo siguiente: " Transcurridos tres meses desde la solicitud de la calificación sin que se haya notificado la resolución expresa, la calificación provisional se considera otorgada a todos los efectos". " Una vez otorgada la calificación provisional, NO PODRA PROCEDERSE A LA ACTUALIZACION DEL PRECIO DE LAS VIVIENDAS a aquella que se refiera".
Si quereis mirar y saber algo concerniente a la Guía del Socio Cooperativista de Madrid os puedo dar la dirección de la web para que le echeis un vistazo.
http://www.madrid.org/ctrabajo/guia_cooperativa/derechos.htm. Saludos de Princess.