Hola a todos,
Os resumo las dos principales dudas que me han surgido a raíz de la lectura detallada del contrato (hay alguna más de forma que no menciono). Por si os resulta útil y por si alguien ha pasado por lo mismo antes... Si ese fuera el caso... ¿qué respuesta os dieron? ¿cómo se resolvió el tema?
De momento he decidido posponer la firma a la aclaración de las dudas. Tan pronto reciba respuesta, la publico por si es útil. Gracias y Feliz Año Nuevo a todos!!
1) en el pacto séptimo (gastos, cargas y gravámenes) se indica que "la venta se realizará libre de ocupantes y arrendatarios, y libre de cargas, a excepción de (i) las afecciones y cargas legales o urbanísticas y (ii) de la hipoteca...."
¿a qué se refiere con las afecciones y cargas legales o urbanísticas? Entiendo que se adjuntará una copia de la nota simple en la que se indique de qué cargas se trata (tal y como se comenta en la última parte del contrato en que se mencionan los anexos), pero la comercial me comentó que no está claro que se adjunte la nota simple...
2) en el pacto octavo (condiciones resolutorias) se indica que "en caso de que la parte compradora opte por la resolución del contrato, la vendedora vendrá obligada, además de a devolver las cuantías percibidas a cuenta del precio, a indemnizar...."
¿y las cuantías percibidas a cuenta del IVA? ¿sólo devolverían las percibidas a cuenta del precio (base imponible)?