Aunque esté en suspension de pagos la ley nos ampara y si no es seop tiene que responder la promotora que en este caso es la emv, así que la reclamación judicial tiene que seguir adelante porque la ley es clara que si no es uno es otro el que tiene que responder
aguilucho dijo:
< a href=http://www.expansion.com/edicion/exp/empresas/es/desarrollo/1101942.html target=_blank >http://www.expansion.com/edicion/exp/empresas/es/desarrollo/1101942.html< /a >
Se cumplió la profecía de la administradora: SEOP ha pedido la suspensión de pagos. Madre mía, por un lado pienso ´qué mala suerte, justo ésta´, pero por otro... ´menos mal que no ha sido hace un año, o lo llevávamos claro´.
Entiendo que ésto afecta bastante a nuestras posiblidades de que las reclamaciones lleguen a buen puerto, ¿qué opináis?
Saludos a todos