Hola a todos:
Somos una pareja y también hemos hecho una reserva también en esta promoción, y estamos muy contentos de haberla encontrado. No obstante, la compra de una casa es muy importantes y no nos ha parecido muy bien que mandaran el contrato un martes por la tarde y que ya el miércoles se pudiera ir a firmar, con el aliciente de que la elección de plazas de garaje y de trastero vayan por ese orden, cuando al menos la primera plaza y el trastero deberían venir asignados para garantizar igualdad de oportunidades.
Nosotros iremos a firmar el martes, pero antes de eso, nos hemos estado informando y hay algunas cosas mejorables en el contrato. Hay varias leyes que apoyan estas mejoras (especialmente el Art. 9 del Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta y arrendamiento de viviendas) y hemos mandado un email a Amenabar solicitando que nos las incluyan. Las compartimos aquí con vosotros, por si alguno más las quiere solicitar, para asegurarnos de que al momento de entrega de la casa, no hay sorpresas, o que si las hay, estaremos mejor protegidos.
- Cláusula 1.1.a) queremos que se incluya "superficie útil mínima" en lugar de superficie construida aproximada, de acuerdo a lo que se dispone en el artículo 4.3 del Real Decreto 515/1989, de 21 de abril.
- Cláusula 1.4: Queremos que se adjunte como Anexo la Memoria de Calidades que se nos entregó cuando hicimos la reserva de la casa y que, en caso de que haya modificaciones a la misma, se nos comunique y se dejen por escrito.
Así mismo, y de acuerdo con la misma legislación, queremos que se incluya como parte del contrato la siguiente información:
Plano general del emplazamiento de la vivienda y plano de la vivienda misma, así como descripción y trazado de las redes eléctrica, de agua, gas y calefacción y garantías de las mismas, y de las medidas de seguridad contra incendios con que cuente el inmueble.
Instrucciones sobre el uso y conservación de las instalaciones que exijan algún tipo de actuación o conocimiento especial y sobre evacuación del inmueble en caso de emergencia.
- Cláusula 3.1.2. Adjuntar como Anexo o al menos hacernos entrega del documento de aval bancario de las cantidades entregadas, tal y como indica la Disposicion Adicional Primera de la Ley 38/1999 de 5 de noviembre o el artículo segundo de la Ley 57/1968 de 27 de julio.
- Cláusula 7.9 queremos que se incluya que es obligación de la Vendedora asumir aparte del impuesto de Plusvalía, el siguiente:
Los gastos de la declaración de Obra Nueva y División en Propiedad Horizontal, incluso su escrituración e inscripción registral.
- Cláusula 8: Garantía por defectos de terminación o acabados: queremos que se incluya una cláusula semejante a la que ponemos a continuación:
" Con carácter previo a la firma de la escritura de compraventa y simultánea entrega de llaves y toma de posesión de la vivienda, la VENDERORA y la COMPRADORA realizarán visita a la vivienda objeto del presente contrato redactando una hoja con las incidencias que, en su caso, presente la misma. Dichas incidencias deberán ser subsanadas por la VENDEDORA en los plazos acordados por las partes en el presente contrato. No será obstáculo para la firma de la escritura pública y entrega de la vivienda que ésta tenga deficiencias subsanables que no impidan o dificulten la habitabilidad de la misma, en cuyo caso la COMPRADORA no podrá alegar la existencia de las mismas como motivo para negarse a firmar la escritura pública de compraventa, todo ello sin perjuicio de la obligación de la VENDEDORA de proceder a su subsanación en los términos previstos en este contrato y en la legislación vigente, pudiendo exigir el comprador que en la escritura se hagan constar las deficiencias existentes y la obligación del promotor de asumir la reparación de las mismas.”
Esperamos que os sean de ayuda, y también que todo vaya bien, porque es una preciosa promoción.
Un saludo