Yo, en cambio, no entiendo el contrato que firmamos en los términos en que lo entiendes tu, Virginia (puedo tutearte, verdad? :). Efectivamente por ley el comprador tiene derecho a elegir con qué entidad realiza su hipoteca. Sin embargo, existen numerosas formas en que un vendedor puede "conducirte" a firmar con una entidad dada. No quiero referir aquí, en un foro público, la forma en SUERTES NUEVAS trabajó este punto (#@!palabrota!, baste decir que los electrodomésticos eran lo de menos). Por supuesto que la ley no obliga a contratar ninguna hipoteca determinada, igual que no obliga a firmar contrato alguno ; sin embargo, una vez firmado, el propio contrato obliga al firmante a su cumplimiento, so pena de que el vendedor haga lo que el contrato dice que hará en caso de incumplimiento por parte del comprador. La pregunta que hago es: en lo que respecta a la hipoteca con el BBVA, ¿a qué nos obliga el contrato de compra-venta que todos hemos firmado con SUERTES NUEVAS S.A.?. Yo lo he estado leyendo más detenidamente y en principio parece (Expositivo V) que simplemente hemos accedido a que SUERTES NUEVAS "solicite y obtenga un prestamo al promotor (ese es el BBVA) con garantía hipotecaria y con subrogación al comprador en las condiciones del Anexo 1". Pero con eso yo entiendo que la hipotéca YA está contratada con el BBVA (porque SUERTES NUEVAS así lo ha hecho o lo va a hacer, dado que nosotros accedimos a ello cuando firmamos el contrato de compra-venta!). De esta forma, lo que la ley nos ofrecería ahora es, como a cualquier ciudadano, cancelar la hipoteca, cosa que podremos hacer siempre que paguemos la comisión por cancelación (que creo es un 1% ; por cierto, ¿has tenido en cuenta eso en tus cálculos, Lolita, a la hora de pasarte a la de Patagon?). La fecha que tu comentas, Virginia, el 31/12/03, dice el contrato que es para subrogarse "en un importe inferior al indicado", no para NO subrogarse o calcelar dicha subrogación. Todo esto viene apoyado por el hecho de que la decisión de si nos subrogabamos o no, nos la dieron a elegir ANTES de firmar el contrato, precisamente porque una vez firmado deja de ser una variable y se convierte en una certeza, creo yo. En este sentido me gustaría comparar nuestro contrato, el de Paula y mío, con el de alguien que no se haya subrogado y así salir de dudas.
La verdad es que yo no entiendo mucho de todo esto, los entresijos legales y contractuales siempre se han escapado a mi interés (hasta ahora, que tengo a la fuerza que interesarme por ellos! ;)pero me gustaría que más personas (entre toda una comunidad de vecinos -y me consta que son muchos los que leen este foro aunque no escriban- tiene que haber muchas personas entendidas o con experiencia en estos temas) se animaran a que discutieramos este asunto, el de la hipoteca, que es probablemente el más importante de cuantos podemos tratar en este foro.
Bueno, un saludo a todos los que hayan llegado hasta el final de este largo mail!! :)
Jose