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B
becquer
08/01/2010 13:44

Ayuda. Requerimiento caducidad licencia turística

¿Cómo solucionar el requerimiento de la Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación sobre el uso terciario hotelero en mi apartamento turístico?

1.697 lecturas | 2 respuestas
Hola a todos,

Tengo un apartamento turístico en la zona desde hace meses y en el edificio hay un poco de todo: propietarios empadronados y residentes, otros que alquilan independientemente y un porcentaje considerable aún en manos del promotor.  

El caso es que a día de hoy el promotor nos ha remitido copia de un escrito de la Dirección General de Ejecución y Control de la  Edificiación, firmado por el Dpto. Jurídico de la Edificación con el siguiente texto:

 Con fecha 4 de diciembre de 2009 se ha emitido Nota de Servicio Interior por el Departamento Jurídico del Servicio de Disciplina Urbanística ©n el cual se pone de manifiesto que girada visita de inspección a la finca de referencia a instancia de la denegación de la autorización turística de la Consejería de Cultura y Turismo, se observa que no se ejerce la actividad de uso terciario hotelero definida en la licencia de expediente n°                       , sino que el uso al que previsiblemente se da a la edificación es el de residencial, ya que existe un cartel de venta de apartamentos o alquiler de los mismos, incoándose en consecuencia el oportuno procedimiento de declaración de caducidad de la citada licencia al no estar ejerciéndose la actividad autorizada en licencia, todo ello de conformidad con lo previsto en el art.24.c) de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias".
Previamente a la adopción de la procedente resolución y de conformidad con lo establecido en el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le concede TRAMITE DE AUDIENCIA a fin de que en el plazo de QUINCE DIAS, a partir del siguiente al de la recepción de la presente notificación pueda tomar vista del expediente así como formular por escrito las alegaciones y presentar los documentos justificantes que al respecto estime oportunos.

Me he quedado alucinada. Vosotros que tenéis los apartamentos desde hace más tiempo cómo habéis solucionado este tema?

No estiendo este requerimiento cuando hay vecinos empadronados.

Alguien puede ayudarme y decirme algo al respeto?

Muchas gracias!!!
 
B
becquer
09/01/2010 07:28
Hola Joseluis,

Aclarar a tu comentario que lo "caducaría" es la licencia de primera ocupación y funcionamiento. En pocas palabras, que nos quitan la licencia que Urbanismo concedió en su día porque Turismo les ha dicho que no se está explotando el edificio como un apartahotel.
 
joseluis37
joseluis37
08/01/2010 23:10
Dos cosas que no entiendo en la carta de marras que nos pones:

1) "el uso al que previsiblemente se da a la edificación es el de residencial, ya que existe un cartel de venta de apartamentos o alquiler de los mismos". Bajo esta premisa, toda vivienda que coloque un cartel de "Se Vende" es porque tiene uso residencial. Curiosa deducción. Habría sido más acertado, creo yo, alegar que en navidad vieron esos papás noeles que la gente cuelga de la ventana o  las luces de los árboles de navidad que vemos en algunas ventanas... más que nada porque raro es el turista que coloca esos adornos en su alojamiento turístico temporal.

2) Luego hablan de la caducidad de una licencia. Que yo sepa aquí nadie tiene la licencia de explotación de Aptos Turísticos, por lo que veo imposible que caduque algo que previamente no existe.
 

Fin del hilo
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