Nueva AYUDA PARA SOLICITAR
¿Cuáles son los requisitos para obtener ayudas para gastos de notario y registro en Castilla-La Mancha al adquirir la primera vivienda?
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AYUDAS PARA GASTOS DE NOTARIO Y REGISTRO A JÓVENES QUE ADQUIERAN SU PRIMERA VIVIENDA EN CASTILLA-LA MANCHA
(Orden de 25-04-2005, de la Consejería de Relaciones Institucionales. DOCM nº 86)
1. Requisitos exigidos
Las viviendas deberán estar calificadas como de Protección Oficial o de Precio Tasado
1. Haber nacido en la Comunidad Autónoma de Castilla-la Mancha, ser residentes en esta Comunidad con al menos un año de antigüedad en el momento de presentar la solicitud, o ser hijos de castellano-manchegos que acrediten dicha condición.
2. Tener domicilio fiscal en CLM.
3. Tener entre 18 y 36 años en el momento de presentar la solicitud.
4. Adquirir su primera vivienda, que esté ubicada en CLM y sea destinada a residencia habitual y permanente de sus adquirientes.
5. No ser titular del pleno dominio o de derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda tanto en CLM como en todo territorio nacional.
6. Edad superior a 18 años e inferior a 36 años.
Los requisitos 1, 2 y 3 deberán ser cumplidos por al menos uno de los titulares de la vivienda.
Los trasteros y plazas de garaje estarán incluidos en las ayudas siempre que estén vinculadas en la escritura de compraventa u obra nueva de la vivienda pro la que se solicita la ayuda
2. Importe
Cuantía máxima: 450 euros
- Para VPO, en 1ª transmisión o adjudicación, la cuantía de la ayuda será igual al gasto notarial derivado de la escritura pública de compraventa de la vivienda o escritura de obra nueva en los supuestos de autopromoción, y un máximo de 2 copias de ésta ; más el gasto generado por la inscripción en el Registro de la Propiedad.
- Para VPO, en segunda o posteriores transmisiones, así como para las Viviendas de Precio Tasado la cuantía máxima de la ayuda será igual a la cantidad establecida para una VPO en 1ª transmisión de igual valor.
Las ayudas serán compatibles con otros tipos de ayudas. El importe total no podrá superar el coste de la actuación a la que van dirigidas.
3. Documentación a aportar
En primer lugar se deberá aportar la solicitud y la ficha de terceros que se adjunta en la Orden de 25-04-2005, de la Consejería de Relaciones Institucionales.
Modelo de solicitud
Modelo de ficha de terceros e instrucciones
Orden 25/04/2005
- Escritura de compraventa de la vivienda o escritura de obra nueva en los supuestos de autopromoción.
- DNI, N.I.F., certificado de empadronamiento en CLM con al menos, un año de antigüedad o libro de familia en su caso.
- Acreditación del domicilio fiscal en CLM, hay que pedir un certificado que lo acredite en la Delegación de Hacienda.
- Factura detallada de los gastos notariales y de registro.
4. Documentación a aportar
Las solicitudes podrán presentarse:
1. En cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a las Comunidades Autónomas, y a aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio.
2. En las oficinas de correos.
3. En la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha (www.jccm.es) o en el número de fax 925 28 70 01 (No obstante, de esta manera sólo se podrá presentar la solicitud, la documentación a aportar se deberá hacer por cualquiera de los otros dos medios).
5. Plazo de presentación
Las solicitudes pueden presentarse en el plazo de los dos meses siguientes a la firma de la Escritura Pública.