Gracias por la información, no sabía que podíamos reducirnos el IBI, solo una cosa, ¿qué nos podemos reducir nosotros, el 25% o el 50% del IBI?, y otra cosa más, me imagino que para ellos tendremos no sólo que escriturar sino también empadronarnos en el nuevo domicilio para que aparezca el domiclio nuevo en el DNI, ¿no?.
Gracias,
Un saludo