Creo que deberíais mirar las modificaciones posteriores hechas a la ley, que mientras siga en vigencia por no ser derogada por la posterior, estas modificaciones prevalecen sobre lo establecido anteriormente.
Es decir, si a la firma del contrato te dan la ley a la que está sometido el suelo, y esta ley cambia posteriormente (sin ser otra nueva, sólo una modificación), hay que aplicar estas modificaciones a nuestro contrato.
Por favor, si no es así os agradecería que me lo dijeseis, me daríais una alegria.
Saludos.