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A
AntonioLZ
16/02/2004 16:21

FIRMA DE LAS ESCRITURAS SIN LICENCIA OCUPACION

¿Podemos negarnos a firmar la escritura si DAE no tiene la licencia de primera ocupación?

7.332 lecturas | 18 respuestas
Esta mañana he estado hablando con DAE y mi pregunta ha sido la siguiente, ¿ nos podemos negar a firmar el día de la escritura si no dispone DAE de la licencia de primera ocupación?, DAE me ha dicho que si, pero que no tendriamos el piso, yo la he comentado que si no tengo el piso, contaría como retraso, para el caso de las idemnizaciones, me ha dicho que en un principio si.
Yo no se lo que hareis, pero bueno, creo que sería bueno que cuando se firme la escritura pública todos los pisos entregados hasta la fecha tuvieran la licencia de ocupación...vosotros que opinais?
 
Z
Zanzibar
17/02/2004 16:58
No sé si esto puede ser de utilidad...

Ley 24/1991, de 29 de noviembre, de la Vivienda.

Artículo 12. Licencia de primera ocupación.
La licencia de primera ocupación o utilización de las viviendas preceptuada por la legislación urbanística acredita el cumplimiento de las condiciones impuestas en la licencia de obras. El otorgamiento de la licencia de primera ocupación es competencia municipal y para obtenerla se precisa la presentación de la documentación técnica relativa al mantenimiento y la conservación de la vivienda.

Artículo 13. Requisitos de construcción y habitabilidad.

1. La cédula de habitabilidad, o el certificado de calificación definitiva de las viviendas de protección oficial, acreditan que una vivienda cumple los requisitos de habitabilidad y solidez que se fijen por reglamento y tiene aptitud para ser destinada a residencia humana. Para poder ocupar una vivienda, es precisa la previa obtención de la cédula de habitabilidad.

2. Las ocupaciones de viviendas posteriores a la primera requieren también la correspondiente cédula de habitabilidad.

3. Por reglamento se determinarán la duración y las condiciones de renovación de la cédula de habitabilidad.
 
G
GANDARIA
17/02/2004 15:59
DAE se ha ido ganando día a día nuestros recelos y desconfianzas. Yo, desde luego, confío ya bastante poco en ellos y antes de firmar nuevos documentos quiero ver muy bien las implicaciones que pueden tener.
 
Oscar
Oscar
17/02/2004 15:04
Supongo que de darse sin Cédula, DAE se comprometera (po escrito, claro) a conseguirla.
 
A
Anais GC
17/02/2004 14:53
Sin cédula de habitabilidad no puedes vivir en el piso ni dar de alta los servicios básicos. Es cierto que normalmente las compañías hacen la vista gorda, pero si vives allí y pasa cualquier cosa o hay cualquier accidente en la casa (más probable si continúan las obras) es responsabilidad tuya exclusivamente ya que no puedes estar allí de modo habitual.
Además, teóricamente no podrías hacer ninguna obra porque si viene el perito para conceder la licencia de ocupación y el piso no coincide con el plano puede no concederla(por ejemplo, la gente que piensa tirar el tabique de la habitación).
Por lo demás, si al final hay problemas para obtenerla (COSA QUE NO CREO)¿hasta qué punto DAE se responsabilizará de ello?
 
Oscar
Oscar
17/02/2004 12:27
MiriamyMiguel tambien puedes escribir es nick en minusculas.

Si yo lo entiendo, pero muchos conocemos muchos casos de gente que firmo escrituras, y por tanto hipoteca, sin la C´dela en cuestión. A lo mejor es que si te vas a otro banco con la hipoteca, este te dice que tururu, que sin cedula na de na, pero como en CajaMadrid no tenemos que ´pedir´ ninguna hipoteca...

La pregunta seria la siguiente: ¿Que riesgos se corre firmando escrituras sin Cédula?
 
M
MIRIAMYMIGUEL
17/02/2004 11:23
Está claro que cuando elegí mi nick yo tampoco sabía que las mayúsculas significaban chillidos, este es mi primer foro, sino lo hubiera puesto con minúsculas....
Ya comente en el foro que me estaban haciendo estudio de la hipoteca en Patagon, y esta mañana me han dicho que sin cédula de habitabilidad no me conceden la hipoteca y que el siguiente paso despues del estudio que me han hecho es la tasación de la vivienda (262€ IVA incluido)y sacar la nota simple registral para despues conceder la hipoteca. pero a lo que voy, que sin cedula de habitabilidad, nada de nada, que no hay hipoteca.

¡¡¡¡Por cierto, esta mañana he llamado a DAE y me han dicho que nos van a llamar para marzo!!!! en enero me dijeron que nos llamarian en febrero. A ver si se aclaran.

Tambien me han dicho que sobre los gastos de cancelacion de la hipoteca con Caja Madrid, ese tema habia que tratarlo con Caja Madrid.

Saludos.
 
Oscar
Oscar
17/02/2004 09:19
Cada vez me fio menos de estos de la OCU. Me dicen que la licencia de primera ocupacion y la cedula de habitabilidad son DOS documentos distintos, para conseguir el segundo es idenpensable el primero, pero que vienen a valer para lo mismo, osea para demostrar que la vivienda cumple las condiciones optimas para ser habitada.

Entendia poco, y cuanto mas me entero, menos entiendo.
 
Oscar
Oscar
17/02/2004 08:54
No te piques Pepe.

De todas formas en la OCU me dijeron que no pasba nada, pero creo que voy a volver a llamar...
 
Oscar
Oscar
17/02/2004 08:51
Parece sr que tienes razón Pepe, esto lo he sacado de un foro de El Mundo.

La licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad es el documento extendido por el Ayuntamiento que permite la ocupación legal de la vivienda por parte del comprador, y si no se entrega ese documento por el vendedor puede estimarse que no le ha transmitido legalmente la posesión, ni considerarse que la vivienda vendida ha sido puesta a su disposición a efectos de considerar que desde ese momento debe hacerse cargo de la hipoteca.

Si la vendedora insistiese en otorgar la escritura y subrogación en la hipoteca, debe constar en la escritura la obligación de la vendedora de aportar la licencia en el plazo de 15 días, y si no, el comprador podrá solicitar la resolución de la compraventa y devolución del precio pagado, más intereses.
 
Oscar
Oscar
17/02/2004 08:39
En internet, en cualquiera de sus foros, en cualquier chat o escribiendo cualquier correo escribir en mayusculas significa chillar.

Con respecto a la licencia dichosa, quizas tenga razón y a lo que yo me refiero como ´licencia de primera ocupación´ se llama de otra manera, pero me da un poco igual, sin la cedula de habitabilidad SI se peued escriturar y es legal.

Un saludo.
 
Oscar
Oscar
17/02/2004 08:11
Eso, no hay que confundir a nadie y sobre todo NO CHILLES COMPAÑERO.

Son dos cosas distintas.

Sin la Cédula de habitabilidad SI puedes escriturar y es totalmente legal, eso os lo aseguro. Lo que en teoria no se puede es dar de alta la luz, gas, agua y esas cosas, pero el domingo varios coincidimos en conocer gente que habian contratado estos temas SIN la cédula de habitabilidad, es ilegal pero se hacen.

Resumiendo, que la casa nos la van a dar CON licencia de primera ocupacion (sin ella no podrian entregarnosla) pero SIN cedula, luego que cada uno haga lo que quiera firmar o no firmar. Lo que no creo es que puedan ´obligar´ a firmar sin cedula, no lo se.

Un saludo.
 
I
IEG_VLD
16/02/2004 22:20
Entonces, hasta que no tengamos la Célula y la Licencia, ¿mejor no ir a vivir y no podemos hacer nada , no?
 
G
GANDARIA
16/02/2004 18:10
Por cierto, la semana pasada leí en el diario Madrid 20 minutos, en el suplemento de vivienda, que una casa no se considera legalmente entregada si no se encuentra concedida la dichosa cédula de habitabilidad. Motivo: porque sin ella no se pueden contratar servicios básicos para vivir ( agua, luz, gas, ... ).

Saludos de nuevo a todos.
 
G
GANDARIA
16/02/2004 18:05
Óscar, yo creo que sin la cédula de habitabilidad tampoco los bancos, notarios, etc. , van a firmar la compra-venta, escrituras,..., ya que imagínate que por diversos problemas que pueden surgir, la Comunidad de Madrid no da finalmente esta cédula de habitabilidad, entonces por ejemplo el banco asume un riesgo innecesario, cosa que no ocurriría si está concedida está cédula previamente a la firma de escritura e hipoteca.
Saludos.
 
A
AntonioLZ
16/02/2004 17:53
Pero...nos podemos negar a escriturar si no tienen la cédula de habitabilidad?
¿ con la licencia de primera ocupación podemos dar de alta los servicios básicos?
Gracias
 
Oscar
Oscar
16/02/2004 17:48
Os cuento lo que yo creo.

Una cosa es la licencia de primera ocupación, sin la cual no padremos jamas escriturar ni nada semejante, y otra distinta es la Cédula de habitabilidad, sin la cual podremos escriturar y esas cosas, lo que no podremos (en teoria, ya que en la practica ya hablamos el domingo que si) es dar de alta la luz, el gas...

DAE nos dara los pisos sin "Cédula de habitabilidad" pero con "Licencia de primera ocupación".
 
A
AntonioLZ
16/02/2004 16:43
Muchas gracias.
 
G
GANDARIA
16/02/2004 16:39
Lovehurt, yo he comentado el tema con dos abogados y ellos me dicen lo siguiente sobre este tema: ningún Banco concede un préstamo hipotecario ni ningún notario firma una escritura de compra-venta de una casa, mientras no esté concedida por la Comunidad de Madrid la licencia de primera ocupación. Desde luego, todo es posible y no digo yo que DAE no vaya a intentar algo parecido pero me extraña. Creo más bien que la "señorita" de turno que coge el teléfono ( que a los 5 minutos es otra distinta, que puede decir perfectamente lo contrario ) te ha comentado lo que tú nos cuentas, pero sin ningún fundamento legal ni que sus responsables le hayan comentado que lo diga.
En mi opinión, creo que DAE va a intentar entregar las casas por partes ( mitad de la promoción ) si la Comunidad de Madrid lo permite ( es decir, firmando escrituras, notario, préstamos hipotecarios, ... ), y si no puede hacerlo porque la Comunidad de Madrid no lo permite, pues es posible que intenten entregar las llaves bajo cuerda para que vayamos pudiendo entrar a hacer algún arreglillo en las casas ( pintura, armarios,... ) ; si ellos optaran por esta última vía, evidentemente sería para parar en esas casas posibles solicitudes de indemnizaciones futuras de esos vecinos ( supongo que haciendo firmar algún documento privado antes de la entrega de llaves ).
En fin, que todo esto es un auténtico lío y que espero que todo nos salga bien a todos, lo más rápidamente posible y que acaben las casas bien ( porque las prisas para los remates finales ya sabemos que son muy malas consejeras ).
Un saludo.
 

Fin del hilo
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