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S
sys
15/10/2004 07:37

Importante: Factura notaria esta mal hecha

¿Cómo reclamar una factura de notario con aranceles incorrectos?

8.883 lecturas | 25 respuestas
Hola

He estado hablando con la oficina de vivienda del Ayuntamiento, para ver si la factura del notario era correcta y si nos podian aplicar el RD6/2000 de aranceles unicos en la factura y la respuesta es:

nos esta aplicando los aranceles reducidos (50% reduccion en hipoteca) pero nos deberian aplicar aranceles unicos.

Es decir, mi factura de notario es 270 euros aprox
- Compraventa 75 euros
- Hipoteca 140 (reduccion del 50%)
- copias simples 25 euros
- Testimonios / legitimaciones 8 euros
- suplidos 5 euros

Pues bien ; la parate de hipoteca deberia ser 30.02 euros en vez de 140 euros ; y las copias simples entrarian dentro de estos aranceles unicos y no debieran habersenos cobrado (siempre que sean solo 2 copias simples (una para la CAM(AJD) y otra paralas ayudas de VPP creo y aparte una autorizada)

Y claro el IVA de las copias simples tampoco debia cobrarlo (la hipoteca no lleva IVA , eso sí esta bien)

Plazo para reclamar: 15 dias habiles siguientes al de su notificacion o entrega .La impugnacion debera presentarse ante el propio NOtario o directamente en la Junta Directiva del Colegio Notaria Correspondiente (RD1426/89 de 17 de noviembre ; BOE 28/11/89)

La gente que lo ha hecho a traves de gestoria (yo pase de gestoria) ; puede pedir un justificante de cuando la gestoria le ha dado la factura y quiza con esto valga pero la persona del ayuntamiento no lo sabia con seguridad ; ademas ., que coño, la gestoria se deberia de dar cuenta de que eso esta mal y reclamarlo (en situacion ideal)

Resumiendo, la factura del notario deeria ser algo asi:
60,047 compraventa vivienda
9.015 compraventa graraje
6.01 compraventa trastero
(esto haria los 75 euros que nos ponen)
y luego:
30.02 de hipoteca
5 euros de suplidos
los testimonios y didiencias no estaban seguros de si se podia aplicar pero estamos hablando de 8 euros....

total : 60+9+6+30+5+8=118
+ IVA (16% de 88)= 14
total de los totales (notaria) = 132 euros
-----------------------------------------

Con el registro aun no me ha llegado la factura pero tambien es aranceles unicos

24 euros vivenda
6 garaje
3 trastero
12 hipoteca
+ IVA
+ IVA alguna pijada quese saquen de la manga

------------------------------

A ver si tengo tiempo y me pico una reclamacion con la legislacion en la mano.

Un saludo.

 
A
aor123
18/01/2006 12:39
Hola,
yo también soy de la tercera fase y quiero poner una reclamación. Me podriais enviar la vuestra? Mi correo es aortega@andaluciajunta.es
Muchas gracias
 
C
Cristina
10/01/2006 13:56
SYS,
Perdona, no he visto tu mensaje hasta hoy, lo he visto ahora porque quería aclararme un poco. El Registro sigue aplicando las tarifas que quiere, no me están aplicando los aranceles reducidos.
Mi correo es cristina_perez@ml.com
Si pudieras pasarme una copia de tu reclamación en el Registro te lo agradecería muchísimo.
Gracias de nuevo.
 
S
sys
05/01/2006 07:40
Cristina, pon un email tuyo, me gustaria comentarte una cosilla. Muchas gracias.
 
C
Cristina
04/01/2006 13:12
muchas gracias de nuevo !!!!
 
S
sys
04/01/2006 12:24
En el notario se me plazo el plazo (solo hay 15 dias para reclamar)

En el registro presente la reclamacion al Colegio de Registradores y me la "estimaron parcialmente"
No me hicieron caso en los 75 euros que ponia de factura pero si es verdad que el Registrador debia haberme aplicado otros descuentos.

Unos dias despues de la resolucoon del Colegio , recibi una carta certificada del Registrador con un cheque en la que me devolvia la diferencia.

Creo que era muy importante crertificar que el prestamo de la vivienda era un "prestamo cualificado". Demostrando esto, te devolvian mas dinero.
 
C
Cristina
04/01/2006 11:42
Hola,

Soy de la tercera fase, me gustaría saber qué pasó con las reclamaciones que presentasteis ante el notario y el Registro considerando que os habían cobrado de más.

Muchas gracias por toda la ayuda que nos dais.
 
S
sys
21/10/2004 14:04
He hablado con el sustituto del registrador otra vez. Y este sujeto me dice que no nos corresponden los aranceles unicos porque la vivienda tiene mas de 90 metros utiles y el registrador considera (y es criterio subjetivo del registrador) que esos 90 metros utiles incluyen al garaje y al trastero porque son "anejos inseparables". Yo le he hablado del RD 3148/1978 pero el hombre no ha querido entrar al trapo. Segun el , el registrador piensa otra cosa y ya esta.

Es decir, que pague y luego reclame si me da la gana.

es decir que me imagino que pagare y reclamare con la factura en la mano.

Entonces he modificado la reclamacion para hablar de los 90 metros utiles y de los anejos inseparables (yo sigo pensando que tengo la razon):


RECLAMACION ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO NOTARIAL DE MADRID

D. xxx con dni xxx en calidad de adquirente/s de vivienda, domiciliados en xxx, Madrid, y en referencia a la escritura de compraventa de vivienda de Vivienda Protegida con subrgacion en hipoteca, otorgada por el Notario XXX el dia xxx con numero de protocolo xxx, expone lo siguiente:

HECHOS

Con fecha expresada anteriormente, fue otorgada por medio del titulo expuesto, la compraventa de vivienda protegida de una superficie util de xx metros con anejos vinculados (garaje y trastero con superficie util de XXX respectivamente), calificada definitivamente como protegida segun expediente decalificacion nª xxx alaamparo del RD 1/2002, la cula lleva aaprejada la subrogacion en el prestamo del promotor. ademas dicha vivienda es la unica que poseo y me he comprometido de manera formal, haciendolo constar en la escritura, a destinarla a vivienda habitual y permanente. Dicha compraventa fue perfeccionada por importe total de xxx euros, siendo el desgolse del mismo:
- vivenda xxx euros
- garaje anejo xxx euros
- trastero anejo xxx euros
total xxx euros

El importe nominal dela subrogacion en el prestamo hipotecario ascendia a xxx euros.

En la minuta girada por D. Rafael XXX XXX , se liquidan cuantias por los siguientes conceptos:

- compraventa vpp - tasa XXX euros
- subrogacion hipoteca deudor xxx euros
- copias simples (arancel 4) XXX
- testimonios/legitimaciones (arancel 5) xxx
- diligencias (arancel 5 ó 6)
- suplidos
- IVA

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El RD ley 6/2000 de 24 de junio de 200 que modifica el articulo 8 de la Ley 41/80 establece:
"2- La primera transmision o adjudicacion, asi como la subrogacion en el prestamo hipotecario cualificado, de cada una de dichas viviendas gozara de la expresada reduccion del 50 % de los derechos de matriz , primera copia e inscripcion ; y tratandose de viviendas cuya superficie util no exceda de 90 metros cuadrados devengaran EXCLUSIVAMENTE Y POR TODOS LOS CONCEPTOS la cantidad de 60.047119 euros como derechos de Notario y 24.016444 euros como derechos de registrador de la propiedad. Para gozar de las bonificaciones a que se refiere este parrafo se precisara que sea la unica vivienda del adquirente y se destine a su residencia habitual y permanente.

3- Cuando la vivienda lleve vinculada en proyecto y registralemnte plaza de garaje y, en su caso, trastero u otros anejos , .. OS PICAIS EL PUNTO 2,3 Y 4 de la ley (esta en descargas)
...

Ademas, la disposicion Adicional 3ª del RD 1/2000 y el Art. Undecimo de la Instruccion de 14 diciembre de 2001, de la Direccion General de registros y Notariado (BOE 21/12/2001), vuelven a incidir en la misma redaccion que el RD-Ley 6/2000.

Art. 11 de la instrucion de 14-12-2001 de la DG de registros y notariado (BOE 21/12/2001)

"Los derechos arancelarios contenidos en el articulo 8 de la Ley 41/1980 de 5 de julio, tras la redaccion dada al mismo por el articulo 37 del RD-Ley 6/2000 , seran los siguientes:

a) Primera transmision o adjudicacion de viviendas cuya superficie util no exceda de 90 metros cuadrados, asi como en su caso la subrogacion en el prestamo hipotecario cualificado de cada una de dichas viviendas:24.016444 euros.

b)Cuando la vivienda lleve vinculada en proyecto y registralmente plaza de garaje y, en su caso, trasteros u otros anejos, os honorarios sujetos al tope de 24.016444 euros podran incrementarse POR TODOS LOS CONCEPTOS en los diguientes importes: 6.010121 euros y 3.005061 euros respectivamente

c) Cuando se constituya garantia real en el mismo acto de la primera transmision o adjudicacion para asegurar el precio aplazado, la cantidad señalada se incrementara, POR TODOS LOS CONCEPTOS, en 12.008221 euros."

Como se puede notar en la redaccion del articulo 11ª habla de 90 metros utiles unicamente para la vivienda ; aunque la vivenda lleve vinculada en proyecto y registralmente plaza de garaje y otros anejos que llevan unos aranceles con cantidades adicionales.

Asimismo, el Real-decreto Ley 31/1978 de 31 de octubre sobre politica de vivendas protegidas y el RD 3148/1978 de 10 de noviembre por el que se desarrolla el RD-Ley 31/1978, etablece que una vivienda tenga la denominacion de vivienda protegida se exigen los siguientes requisitos:

1 que sea destinada a domicilio habitual y permanente.
2 que tenga una superficie util maxima de 90 metros cuadrados
3 que cumpla los requisitos establecidos en el presente RD y en las disposicciones que lo desarrollen.
4 que sea calificada como tal por el estado traves del ministerio de obras publicas y urnbanismo, o por otros entes publicos territoriales a los que se atribuya esta competencia.

El art. 4 del RD 3148/1978, define lo que se entiende por superficie util que "LA DEL SUELO DE LA VIVIENDA, CERRADA POR EL PERIMETO DEFINIDO POR LA CARA INTERIOR DE SUS CERRAMIENTOS CON EL EXTERIOR O CON OTRAS VIVIENDAS O LOCALES DE CUALQUIER USO".

Segun el art2 del RD 3148/1978 de 10 de noviembre , establece "la proteccion oficial, en las condiciones que para caso se establecen a continuacion, se extendera tambien:
...
C/-
(parrafo 2ª)"cuando, en cumplimiento de lo dispuesto en las ordenanzas que sean de aplicacin, por voluntad del promotor, SE INCLUYAN EN EL PROYECTO GARAJES QUE TENGAN LA CONSIDERACION DE ANEJOS INSEPARABLES DE LAS VIVIENDAS DEL INMUEBLE, LA SUPERFICIE UTIL DE LOS MISMOS, dentro de los limites maximos exstablecidos e nla correspondiente ordenanza, se computara, a efectos de determinar los precios de venta o renta de las viviendas ; MAS NO SE TENDRA EN CUENTAni para la concesion de ayudas economicas personales ni PARA DETERMINAR LA SUPERFICIE MAXIMA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 1 DE ESTE REAL DECRETO"

De dicha normativa se entiende claramente que cuando el RDLey 6/2000 dice que en el caso de las Viviendas Protegidas mno superen los 90 metros cuadrados de superficie util, queda claro que en dichos 90 metros no se puede incluir la superficie util de la superficie util de los anejos vinculados en proyecto y regitralmente a la vivienda, puesto que la propia normativa que hace posible su calificacion como tal lo dice expresamente y sin que de lugar a ninguna interpretacion en contrario. Ademas ello queda reforzado cuando en el propio RD 6/2000 y en la instruccion de 14-12-2001 de la direccion general de registros y Notariado , cuyo texto ha sido objeto de coia literal en el presente recurso, hace referencia aunas CANTIDADES ADICIONALES que los notarios y los registradores de la propiedad puedaen percibir en caso de que la vivenda tenga anejos vinculados

En el caso que nos ocupa , tal y como puede desprenderse del titulo que dio lugar a la transmision , se trata de una vivienda calificada como protegida segun la normativa vigente ; se trata de uan primera transmision tal y como refleja la escritura ; dicha vivienda no supera los 90 metros cuadrados de superficie util, va a ser objeto de uso como domicilio habitual y permanente , manifestandolo en escritura y ademas, es mi unica vivienda. Es por todo ello por lo que entendemos procederia la aplicacion de un unico arancel (engloba a todos, incluyendo el mismo coste de la escritura matriz,una copia autorizada y 2 copias simples) por los siguientes conceptos:
- Compraventa vivienda con anejos
- Subrogacion prestamos promotor

Como consecuencia de todo lo argumentado con anterioridad, la minuta correspondiente a la escritura publica objeto de este recursos seria la siguiente
- compraventa vivienda mas anejos - 75.07 euros
- subrogacionn - 30.02 euros
- suplidos - XXX euros
- IVA 16% sobre 75.02+suplidos= XXX
- total minuta: xxx euros

ALEGACIONES

Es por todo lo anteriormente expuesto , y considerando que el presente recurso ha sido interpuesto en tiempo y forma, solicito de este organo que estime la presente reclamacion y tome las medidas oportunas para ordenar la expedicion de una nueva minuta y a la devolucion de los excesos indebidamente cobrados.

Madrid a xxx de octubre de 2004
Firma

 
C
clamide
21/10/2004 13:37
Me han explicado, que el registrador no puede imponer Aranceles Unicos, puesto que aunque la vivienda si tiene - de 90 metros, el garaje y el trastero al ser anejos a la misma finca en total la superficie si las supera.

Un saludo
 
S
sys
21/10/2004 12:44
me puedes mandar un correo al que llamarte?
 
S
sys
21/10/2004 08:05
Por la cantidad que dices, es posible que aun se hayan columpiado un poco para arriba ; a mi todavia me estan revisando la factura, me tocará llamar otra vez a ver que pasa.

Si vas a ir pronto a por la factura , ¿me podrias indicar los importes concretos de cada apartado de la factura?
jj_delrio@yahoo.com

Muchas gracias.Un saludo.
 
S
sys
19/10/2004 07:48
1) a mi me han tardado casi un mes ; creo que lo deje en el registro hacia el 20 de septiembre.

2) son metros utiles, no debe exceder de 90 metros utiles (articulo 37 del RDL 6/2000 ; que modifica el art 8 de la ley 41/80)

Y, ademas, lo de los 90 metros utiles , únicamente se refiere a la superficie de la vivienda (no hay que contar ni garaje ni trastero) ; así es como lo dice el art 1 y 2 y 4 del RD 3148/1978 que desarrolla el RD Ley 31/1978 sobre politica de viviendas protegidas.

Un saludo.
 
S
sys
18/10/2004 10:02
Me han llamado del registro de la propiedad ; la cantidad queme han pedido es 210,28 euros ; les he explicado que no me han aplicado el RDL 6/2000 ; y ellos me dicen que sí me han aplicado la REDUCCION DEL 50%, a lo que yo les contesto que lo que no me han aplicado son los ARANCELES UNICOS ; asi que despues de hablar con el sustituo del registrador ; han quedado en que me revisan la factura y me llamaran ; ya os contaré.

Un saludo.
 
S
sys
18/10/2004 08:16
los 15 dias habiles se acaban el dia 18 de octubre (hoy) ; porque le dia 12 de octubre fue fiesta y no se cuenta como dia habil.
 
S
sys
15/10/2004 14:43
si la vivienda es de mas de 90 metros utiles no te puedes aplicar los aranceles unicos.

Articulo 37 RD-L6/2000

 
N
nievesgg
15/10/2004 14:33
¿Los aranceles unicos,se cobran a todos los pisos,? es que creo recordar que a los de + de un cierto nº de metros, o sea como los de 4 habitaciones no podias aplicartelo, que alguien me lo comente porque estoy echa un pequeño lio, gracias.
 
M
Muad_dib
15/10/2004 13:06
Tengo una torre con 3 scsi montados dentro de momento no quiero mas.
 
W
Winston
15/10/2004 12:59
Bueno y eso que tenemos tambien gente de la manzana podrida.

Somos que yo sepa mas de 10 informaticos en la promocion "Ciudad del Informatico"

Alguien quiere una cabina de disco Scsi???

Saludos
 
M
Muad_dib
15/10/2004 12:49
Propongo cambio de nombre a la promoción en lugar de Altomadrid 2 debiera ser "La ciudad del informatico"
 
S
sys
15/10/2004 11:40
soy informatico reconvertido.

curro de informático pero estudié... económicas (y no me arrepiento, me gustaba el tema)
 
W
Winston
15/10/2004 10:56
Otro informatico mas.

Es que solo hay informaticos en esta promocion.

I love linux
 
S
sys
15/10/2004 10:46
es desde que recibiste la factura de la notaria

hoy seria el ultima dia si lo hiubieras hecho por tu cuenta.

Puedes llamar a la gestoria y preguntar los importes y la fecha de factura ; o quiza preguntar en la fecha ye importe de la factura

Yo creo que una vez que la gestoria te de los papeles ; a partir de hay tambien se podria reclamar pero eso ... ya no lo se seguro.

Mi consejo (si puedes por motivos de trabajo) es llamar a gestoria , comprobar el importe y fecha factura ; comentar a la gestoria lo que os digo ; y con esto lo isdeal seria presentar la reclamacion hoy mismo en el colegio de notariado (porque hoy seguro que estas en plazo) ; y si no puedes pedir a la gestoria justificacion de cuando te han dado la factura he intentarlo por ahi, bien con el colegio denotariado o incluso reclamandoselo a la misma gestoria por no hacer bien su trabajo.

Pero esto es solo mi opinion (no soy abogado, curro de informatico)

un saludo y suerte

 
S
SCI
15/10/2004 09:45
Hola Sys, mil gracias por compartir tu información de una forma tan contrastada. Tengo una duda de que fecha estamos hablando?, es que yo no sé si a mí se me ha caducado o nó. Yo firmé ante el notario el 24 de Septiembre y le día a la gestoria unos 1800 euros de provisión de gastos, es la fecha que fuí al notario la que no tiene que superar un mes para poder reclamarlo ???
 
S
sys
15/10/2004 09:32
si lo has hecho por gestoria y tienes algo que diga en que fecha la gestoria te ha dado los papeles quiza te pueda servir. Tambien puedes mirar de que fecha es la factura del registro (que suele ser mas tarde en el tiempo) y aqui quiza sí estes en fecha (en el caso de registro supongo que la reclamacion sera en el colegio de registradores de la propiedad).

Es que estamos hablando en Notario de 150-160 euros y en registro no se cuanto sera (aun no tengo la factura) pero me creo que seran otros 100 euros adicionales.

Un saludo
 
N
NUBE
15/10/2004 09:20
Madre mía como os lo currais, sois la leche, muchas gracias por la información. Aunque demasiado tarde (ya se me ha pasado el plazo), pero bueno es saberlo.
 
S
sys
15/10/2004 08:18
Este podria ser un modelo de reclamacion:
-----------------------------------

RECLAMACION ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO NOTARIAL DE MADRID

D. xxx con dni xxx en calidad de adquirente/s de vivienda, domiciliados en xxx, Madrid, y en referencia a la escritura de compraventa de vivienda de Vivienda Protegida con subrgacion en hipoteca, otorgada por el Notario XXX el dia xxx con numero de protocolo xxx, expone lo siguiente:

HECHOS

Con fecha expresada anteriormente, fue otorgada por medio del titulo expuesto, la compraventa de vivienda protegida de una superficie util de xx metros con anejos vinculados (garaje y trastero con superficie util de XXX respectivamente), calificada definitivamente como protegida segun expediente decalificacion nª xxx alaamparo del RD 1/2002, la cula lleva aaprejada la subrogacion en el prestamo del promotor. ademas dicha vivienda es la unica que poseo y me he comprometido de manera formal, haciendolo constar en la escritura, a destinarla a vivienda habitual y permanente. Dicha compraventa fue perfeccionada por importe total de xxx euros, siendo el desgolse del mismo:
- vivenda xxx euros
- garaje anejo xxx euros
- trastero anejo xxx euros
total xxx euros

El importe nominal dela subrogacion en el prestamo hipotecario ascendia a xxx euros.

En la minuta girada por D. Rafael XXX XXX , se liquidan cuantias por los siguientes conceptos:

- compraventa vpp - tasa XXX euros
- subrogacion hipoteca deudor xxx euros
- copias simples (arancel 4) XXX
- testimonios/legitimaciones (arancel 5) xxx
- diligencias (arancel 5 ó 6)
- suplidos
- IVA

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El RD ley 6/2000 de 24 de junio de 200 que modifica el articulo 8 de la Ley 41/80 establece:
"2- La primera transmision o adjudicacion, asi como la subrogacion en el prestamo hipotecario cualificado, de cada una de dichas viviendas gozara de la expresada reduccion del 50 % de los derechos de matriz , primera copia e inscripcion ; y tratandose de viviendas cuya superficie util no exceda de 90 metros cuadrados devengaran EXCLUSIVAMENTE Y POR TODOS LOS CONCEPTOS la cantidad de 60.047119 euros como derechos de Notario y 24.016444 euros como derechos de registrador de la propiedad. Para gozar de las bonificaciones a que se refiere este parrafo se precisara que sea la unica vivienda del adquirente y se destine a su residencia habitual y permanente.

3- Cuando la vivienda lleve vinculada en proyecto y registralemnte plaza de garaje y, en su caso, trastero u otros anejos , .. OS PICAIS EL PUNTO 2,3 Y 4 de la ley (esta en descargas)
...

Ademas, la disposicion Adicional 3ª del RD 1/2000 y el Art. Undecimo de la Instruccion de 14 diciembre de 2001, de la Direccion General de registros y Notariado (BOE 21/12/2001), vuelven a incidir en la misma redaccion que el RD-Ley 6/2000.

En el caso que nos ocupa , tal y como puede desprenderse del titulo que dio lugar a la transmision , se trata de una vivienda calificada como protegida segun la normativa vigente ; se trata de uan primera transmision tal y como refleja la escritura ; dicha vivienda no supera los 90 metros cuadrados de superficie util, va a ser objeto de uso como domicilio habitual y permanente , manifestandolo en escritura y ademas, es mi unica vivienda. Es por todo ello por lo que entendemos procederia la aplicacion de un unico arancel (engloba a todos, incluyendo el mismo coste de la escritura matriz,una copia autorizada y 2 copias simples) por los siguientes conceptos:
- Compraventa vivienda con anejos
- Subrogacion prestamos promotor

Como consecuencia de todo lo argumentado con anterioridad, la minuta correspondiente a la escritura publica objeto de este recursos seria la siguiente
- compraventa vivienda mas anejos - 75.07 euros
- subrogacionn - 30.02 euros
- suplidos - XXX euros
- IVA 16% sobre 75.02+suplidos= XXX
- total minuta: xxx euros

ALEGACIONES

Es por todo lo anteriormente expuesto , y considerando que el presente recurso ha sido interpuesto en tiempo y forma, solicito de este organo que estime la presente reclamacion y tome las medidas oportunas para ordenar la expedicion de una nueva minuta y a la devolucion de los excesos indebidamente cobrados.

Madrid a xxx de octubre de 2004
Firma
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Esta reclamacion seria mejorable, pero para salir del paso supongo que valdria.

Un saludo



 

Fin del hilo
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