Dudo mucho que den factura por lo de la ampliacion del garaje por tal vez pudiera encuadrarse dentro de una actitud infractora (para la promotora):
Segun la ley 9/2003 de la CAM de regimen sancionador en materia de viviendas protegidas, en su articulo 7 apartado g dice:
Es infraccion grave: (...)
g)Exigir, por cualquier concepto, en la construccion, compraventa,adjudicacion o arrendamiento de las viviendas protegidas, cualquier cantidad no permitida por la normativa aplicable, incluidas las cantidades que pudieran derivarse de ampliacion de equipamiento o de sustitucion o mejora de calidades.
http://www.madrid.org/staticFiles/PDFSBoletin/20030403/i.pdf Un saludo.