Soy de la III Fase y entro en vuestro foro en ocasiones para ver las reformas que haceis en vuestros pisos, y he visto este mensaje y os voy a dar mi opinión, aunque no se muy bien como es la devolución del exceso de hipoteca ;si fuese como el ejemplo que pongo:coste del piso:100,pago de letras:20, hipoteca:89, devolución:9, se podrian dar en principio dos casos:A)que no os podriais deducir por el 100% de los pagos de la hipoteca(ya que la deducción total del piso seria superior a su coste, por el mayor valor de la hipoteca)(la deducción seria mientras dure la hipoteca,segun el ejemplo, de un 90% aproximadamente de los que se realicen). B)Al devolver los 9000 euros que os entregaron no servirian para deduciros, ya que es un importe que excede del precio del piso, pero entonces si que os podriais deducir en adelante por todos los pagos de la hipoteca. Por lo tanto, si el ejemplo sirve, para poderos desgravar el máximo en este año y que los pagos posteriores de hipoteca sean deducibles un 100%, tendriais que devolver el exceso de hipoteca(que no serviria para desgravar), y que el resto de los pagos sumen 9015,18 euros por declaración (que como han dicho antes incluirian Notario, Registro, etc). Si el ejemplo no sirve para vuestro caso, no tengais en cuenta lo anterior. Saludos, y perdonar si lo he hecho muy largo, pero no sabia como resumirlo más.