Contrataciones en la Comunidad
¿Por qué se han contratado servicios en la comunidad sin presentarlo en la Junta de Vecinos?
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Hay cosas en esta vida que cuando las ve alguien no las entiende.
Quien me explicas ¿Por que se han contratado servicios en la comunidad sin presentarlo en la Junta de Vecinos?
Lo digo por el Articulo 17 de la ley Horizontal que dice,
Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas:
1ª La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad.
El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.