Lo primero, advertir que esto de las inspecciones periódicas es un timo más que los gobiernos se sacan de la manga para untar a dinero "extraordinario", es decir, fuera de su actividad ordinaria (que es presetar el servicio de suministro, no explotar al cliente y menos en instalaciones de edificios nuevos donde saben de sobra que no existirá pérdida o fuga alguna) a las empresas Gas Natural, Iberdrola, Endesa, etc, que no dejan de ser un monopolio de la banca y de los gobiernos, con independencia del partido que se precie a gobernar.
Dejando de lado mi forma de personal (con la que cada cual es libre de estar de acuerdo) voy a tratar de informaros al respecto:
- En el BOE nº 211 de 4 septiembre de 2006, puedes ver el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
- Segun la normativa nueva tu instalacion tiene que pasar esta inspeccion a los cuatro años y despues de esta cada 5 años. De todas formas en la normativa dice que esta a disposicion de la suministradora realizarla antes de que pase la fecha de los 5 o 4 años.
- Te lo puede realizar GAS NATURAL o puedes buscar otra empresa acreditada por Industria para realizar este servicio y que pudiera ser más económica. No obstante, cercioraté que efectivamente la empresa está acreditada para hacerlo, llamando a la D.G. Industria, energía y minas.
En todo caso, que sepais que NO SE PAGA EN EFECTIVO (hay mucho timo al respecto) y que se abona por transferencia bancaria, que te citan mediante carta nominativa y que posteriormente en el portal acostumbran a poner un papel con la fecha de la inspección y un nº teléfono para acordar horario con ellos (o en el mismo papel).
Espero que os sirva. Me da que nos toca pagar esto, igual que las basuras, el super IBI que no para de subir, etc, etc, etc.