Volver al foro
Wenceslao
17/01/2005 21:04
Malas Noticias
2.156 lecturas | 24 respuestas
Malas noticias.
A las personas que no cumplan los requesitos para el acceso a VPP, no se les va a conceder la vivienda.
El expediente a la promocion esta abierto.
Wenceslao® es un poco Animal no? creo que es el gitano de los perros...
o el perro lol
No os preocupéis y dejad de asustar a la gente.
Si realmente no pudiéramos acceder a la vivienda por no cumplir las condiciones de VPP se trataría de una "Infracción grave" que prescribe a los tres años y por tanto ya ha prescrito.
Os podeis bajar la ley de Internet: "Ley 9/2003, de 26 de Marzo, del régimen sancionador en materia de viviendas protegidas de la Comunidad de Madrid".
Saludos.
Wenceslao
19/01/2005 17:34
Casilla 35. Base Imponible
Yo también me estuve informando en la CAM en el 2001 y si es cierto que las condiciones económicas que cuentan son las del momento de la firma del contrato de compraventa. Las condiciones económicas que daban acceso a la VPP en ese momento creo recordar que eran 5,5 mill. de ptas. y no 5,5 veces el salario mínimo como ahora. No obstante, alguien sabe que casilla de la declaración de la renta es exactamente la que cuenta para determinar los ingresos en cuestión?
Hombre, ahora que vuelve a aparecer Wenceslao nos puedes explicar la frase el expediente a la promoción está abierto....... ???.
OLD no 7
18/01/2005 20:57
Dulka, tienes un ojito. Pienso lo mismo.
Wenceslao
18/01/2005 20:49
Tiene razón tonet. Las condiciones para el acceso a una VPP son las propias en el momento de la firma del contrato de compra-venta.
Pero las condiciones de acceso son condiciones de acceso. Y hay que cumplirlas. Y estas condiciones estan firmadas como recibidas en el mismo contrato.
El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.
Este Wences es otro Kaos, si no es el mismo o otro que rulaba por ahí como cuando la famosa carta del cambio de modulo. Sin problemas hay gente que le gusta tirar piedras y joder la marrana.
Saludos
No hagais ni caso al mensaje de Wenceslao. Como ya se ha acabado la polémica de las cartas, hay mucha gente empeñada en montar otras... así que oídos sordos porque no hay ningún problema
Hola Tonet:
Entonces según lo que explicas respecto a la casa está claro que no hay ningún problema ya que está concedida y respecto a las ayudas cada uno solicitará las ayudas en caso de que cumpla los requisitos y si no los cumples no las pides y punto, es así ?
Me sorprende que a estas alturas alguno se esté planteando si puede o no optar a un VPP.
Según me informaron HACE 3 AÑOS en C/Marcelina, 12, una cosa es el acceso a VPP y otra es el derecho a las ayudas que ofrece la CAM.
Para el acceso lo que cuenta son las condiciones de los compradores en el momento de firma del contrato de compre-venta (hace 3 años)
Para las ayudas hay que mirar las condiciones de los compradores en el momento de la escritura (dentro de 3 meses).
Para más información 91 315 55 88
Hola a todos,
hoy me he incorporado al foro y este tema me ha puesto los pelos de punta. Sinceramente, me parece un auténtico disparate que a día de entrega de viviendas se pongan a revisar algo que data del 2001. Lo más lógico es que la situación económica haya cambiado a mejor, que incluso la situación familiar también haya variado, +-miembros...
Entiendo que todo viene referido a si pedimos ayudas que vengan subencionadas.
De cualquier forma recopilaremos información para estar más tranquilos.
Saludos,
Sierra
hOLA
Ahora que lo dice MIBE yo creo recordar que cuando nos la vendieron dijeron que había ciertas viviendas que eran de VPP, pero no todas y que si cumplias requisitos te podrías acoger a VPP y si no pues pagabas lo estipulado en el contrato y no recibias ayudas, ¿ No es así?.
Si esto no fuera asi se tendrían que haber asegurado que cumplias los requisitos y además que pasa que durante 3 años más vale que no te aumenten el sueldo porque si no te quitan la casa???. Vamos en contra de toda lógica.
Para vuestra informacion, desde nobiembre esta concedido el expedite por la Comunidad de Madrid (informacion dada por la Comunidad de Madrid en la consejeria de vivienda)ya que DAE lo solicito en el 2001.
Y segun mi opinion creo que todos no han adquirido la vivienda como VPP si no que hay tambien viviendas libres, por que os creeis viene todo el follon de la famosa carta? poque hay algunos que no le insteresan. (Esto es una opinion propia)
Saludos
Gracias por vuestros mensajes de tranquilidad, la verdad es que no tiene sentido que en ningun momento nos hayan pedido nada y ahora de repente nos vayan a quitar los pisos. Además, el expediente se abrirá individualmente, no por comunidad, digo yo no?
pipenata
18/01/2005 14:03
no os preocupéis tanto, la vivienda concedida ya está puesto que ya la habéis empezado a pagar, en ningún lado pone que haya tanteo y retracto, por lo tanto, no te pueden quitar la vivienda y en el peor de los casos, si alguien tuviera dos viviendas o no cumpliera los requisitos, no le concederían las subvenciones o le cobrarían lo que correspondiera como si fuera una vivienda libre.
No se los demás, pero yo, antes de firmar ningún contrato, me preocupé de ir a la Comunidad de Madrid con mi declaración de la renta para saber si podía optar a un piso VPP. Por lo tanto, yo, tranquilidad absoluta.
Hola,
Por un lado me mosquea un poco que justo el otro día en la reunión se habla sobre la ayudas y posibles cambios de bancos etc.. y salió la probabilidad de que si pides las ayudas y no cumples los requisitos quizas La Comunidad de Madrid te revisaria el expediente de la casa .... y ahora depronto sale el tema en el foro como que ya está abierto el "" expediente "" y a todo el mundo ???.
Alguien tiene información real al respecto...
Hombre yo supongo que a DAE tampoco le interesa esto ya que si se abriera el famoso expediente ellos también perderían mucho no ??.
Espero que no sea verdad o que no llegue la sangre al río por que la verdad es que creo que se nos caería el alma al suelo a todos los que aqui nos encontramos.
saludos.
las condiciones de salario para optar a una VPP se deben cumplir en el momento de la firma del contrato (hace ya tres años y pico) no de la firma de la hipoteca.... o que pasa si te dan el piso y al año siguiente tus ingresos superan esa cantidad...te lo quitan, no?
Eso no es cierto, nosotros firmamos un contrato y no pone nada de eso, otra cosa es si quieres recibir ayudas, en ese caso si debes cumplir los requisitos.
Si, pero de donde sacas lo del expediente?
Wenceslao
17/01/2005 22:57
Esta establecido en el plan de vivienda de la Comunidad de Madrid (RD 11/2001 ; BOCM 31.01.2001)
Establece la prohibición de no tener pleno dominio o el uso y disfrute de una vivienda protegida dentro del territorio nacional o si se posee vivienda libre en el municipio donde se compra la VPP, el valor catastral sea menor del 40% (posterior a 1989) o menor del 20% (anterior a 1989).
Los ingresos no pueden exceder 5,5 veces S.M.I que creo que son 41.719 e sin factor de corrección.
Saludos.
OLD no 7
17/01/2005 22:27
Raro raro raro, danos más datos, lo único que sabemos de tí es que te has registrado hoy. ¿Como te has enterado? ¿donde podemos consultarlo? Dinos algo más. No dudamos de lo que dices pero queremos contrastarlo.
Bienvenido al foro.
AntonioLZ
17/01/2005 22:17
Y que condiciones son esas? No tener vivienda en propiedad en madrid, no superar :.:..........$ no se cuanto,,,,,,y algo mas?
Los requisitos te los piden a la entrega del piso? o cuando firmas la hipoteca?
IMPORTANTE: Tu usuario no ha sido aún aprobado. Los mensajes en el foro sin contenido, o simplemente solicitando acceso a grupos whatsapp o telegram, serán eliminados
y no se tendrán en cuenta a la hora de aprobar tu cuenta y activar la mensajería privada
Tus primeros mensajes deben aportar algo al foro (presentación, dudas, aclaraciones, etc...). Una vez aprobemos tu usuario podrás participar libremente.