¿POR QUE NO DEMANDAMOS A DAE?
¿Cómo demandar a DAE por el retraso en la entrega?
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Visto que la entrega se retrasa sin die, propongo que presentemos demnada contra DAE ejercitando dos acciones, una el cumplimiento del contrato (entrega) y dos las indemnizaciones previstas en el contrato que se hayan devengado hasta el momento por los 10 meses de retraso.
Dae no tendría defensa alguna y tendría que pagar sin rechistar, porque en el contrato no se especifica que la indemnización se tenga que reclamar necesariamente a partir de la entrega.
De esta forma les damos en todo el morro, y además no nos van a colar la famosa cláusula de renuncia a reclamaciones.
Para preparar la demanda, únicamente habría que concertar una Notaria para que los vecinos vayan pasando a otorgar un poder general para pleitos a favor de Abogado y Procurador.
El abogado que redacte la demanda necesitaria una copia de los contratos, y el coste de sus honorarios divididos entre 348 vecinos sería realmente marginal.
Respecto a que abogado escoger para redactar una demanda tan sencilla nos valdría cualquiera, por ejemplo el que acudió el otro día a la reunión.
¿Quienes se apuntan?, realmente es la única manera de ponera a estos golfos en su sitio.
Paralelamente, ese mismo abogado podría redactar una reclamación a la Consejeria de Vivienda de la Comunidad de Madrid, tanto por el retraso como por los documentos de renuncia a reclamaciones que pretenden hacernos firmar para solicitar la prórroga de hacienda. Es más que probable que la Comunidad de Madrid proceda a sancionar tanto a Dae como a Corsan, que además tendrán problemas en el futuro para optar a concursos públicos, pues Corsan se dedica fundamentalmente a obras públicas.
Todo lo que no sea poner este asunto en manos de la justicia será una pérdida de tiempo y un aumento de nuestra rabia e impotencia.