Bueno, está claro que muchos ya sabemos el procedimiento, como alguien dijo en la reunión, ya vamos aprendiendo.. a la fuerza.
En curso están las licencias de calificación definitiva de parte de la Comunidad de Madrid, una vez concedidas nos quedan las de Primera Ocupación que es por parte del Ayuntamiento de Madrid. No se puede escriturar sin ellas, en teoría, pero si os meteis en Hercesa (http://www.nuevosvecinos.com/hercesa/) vereis que hacen lo que les da la gana. Han escriturado ya algunos sin ellas. (¡qué país éste!)
En la página de Gerencia de Urbanismo:
http://www.munimadrid.es/Principal/monograficos/urbanismo/index.html a la derecha hay un apartado que pone Servicios (hay que bajar casi hasta el final de la página) y al final:
Consulta de Expedientes. Yo he puesto mi futura calle y número de portal y no sale Expediente en curso, por lo que no han recibido petición de licencias de momento. Sale la licencia de obra de 2001. Recordad esto es para las licencias de Primera Ocupación, no las de calificación definitiva.
Una persona con conocimientos en el tema me ha dicho que una vez que dan la calificación definitiva la CAM pasan al Ayuntamiento la documentación para la licencias de primera ocupación.
Parece que la cosa va rápido, pero mejor estar atentos.
Un saludo