escrituras - claúsula DECIMOTERCERA
¿Cuáles son las taxonomías más importantes en la compraventa de una finca?
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Nosotros ya hemos recogido las escrituras. Os pongo literalmente lo que dice la cláusula decimotercera por si os interesa:
"Con la firma de la presente escritura y entrega de la finca que por ella se realiza ambas partes dan, con la única excepción de lo que en las dos estipulaciones siguientes se establece, por liquiedad y finiquitada la relación entre ellas mantenida con ocasión de la compraventa de dicha finca, declarando no tenter ninguna reclamación que hacerse en razón a la misma por demora o retraso en la entrega de la vivienda y anejos de la misma objeto de esta escritura y ello dado que la parte vendedora ya ha indemnizado a la compradora por ltal concepto en una cuantía que ésta considera suficienta y adecuada y que se compensa debidamente los daños y perjuicios que se ha causado tal retraso"
Nota: las 2 claúsulas a las que se refiere hablan de desperfectos.
Además os doy todo el detalle que puedo de lo que hemos pagado (piso de 3 dormitorios)
*Administrador de fincas (para constituir la comunidad): 280 euros
*Plusvalía: 700 euros
*Notario: 258,91 euros
*Hacienda: 457,97 euros
*Me falta el registro. Creo que iré el miércoles, así que si a alguno le interesa, lo pondré
Nosotros hemos hecho los trámites por nuestra cuenta (nos ahorramos la gestoría)
Otra cosa importante: Hemos llamado para dar de alta el GAS y nos dicen que se necesita el boletín (no hablan de la licencia) DAE dice que a ninguno de los que hemos escriturado nos ha dado el BOLETIN y no sabe porqué. ¿Esto lo darán cuando tengamos la licencia?