sabiondo dijo:
mudo, dila a la experta en Promotores que no tiene ni idea. 1º Punto totalmente falso , no obtienen subvenciones de ningún tipo
www.mviv.es/es/pdf/normativa/BOE130705.pdf Artículo 47. Subvenciones.
1. El Ministerio de Vivienda
subvencionará al promotor ,
por cada vivienda protegida a construir en el ámbito
de urbanización, con una cuantía fija en metálico, en función
del porcentaje de viviendas protegidas previstas
sobre el número total de viviendas a construir, así como
por algunas características de las viviendas protegidas.
Dichas subvenciones tendrán las siguientes cuantías:
% de edifi cabilidad para viviendas protegidas
sobre total edifi cabilidad
Cuantía general
(€/vivienda
protegida)
Cuantía adicional
por cada vivienda
protegida < 70 m2
> 50 < 75 . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.300 500
Áreas de urbanización prioritaria
(≥ ;75):
–Sin adquisición de suelo . . . 2.500 500
–Con adquisición de suelo . . 2.800 500
El pago de estas subvenciones, destinadas directamente
a quienes vayan a destinar suelo urbanizado a
viviendas protegidas, se fraccionará en función del desarrollo
y justificación de la inversión y de las disponibilidades
presupuestarias del Ministerio de Vivienda.
. y final, salu2