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pin_y_pon_tu_diversion
28/05/2007 14:00

Constitución de la comunidad

¿Quién debe pagar los enganches en la constitución de una comunidad de vecinos?

947 lecturas | 5 respuestas
Cuando nos pidan los 2.500 € de provisión de fondos además nos pedirán otros 200 €/vivienda (34.000 €) para constituir la comunidad, contratar al administrador y pagar los enganches.

Sgún tengo entendido los enganches no debemos pagarlos nosotros, sino el promotor.

¿Alguien sabe que marca la legislación al respecto?, en ese punto estoy bastante pez.
 
P
pin_y_pon_tu_diversion
01/06/2007 10:11
Muchas gracias por la información TISBI
 
TISBI
TISBI
31/05/2007 16:56
Sin cedula de habitabilidad no se pueden dar altas de ningun tipo, y entiendo que sera cuando la tengan, cuando os empiecen a entregar las viviendas.
 
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pin_y_pon_tu_diversion
30/05/2007 12:17
tisbi dijo:

Ellos tienen los servicios de obra, incluso en vuestros pisos y aun asi pagareis alta de luz, de agua, etc... por lo que tambien se pagará alta de luz en la comunidad. A ellos les interesa cuanto antes dejar de pagar la luz de obra, por lo que no esperan a tener constituida la comunidad para dar de alta la luz (pongo la luz como ejemplo), esas facturas que iberdrola pasa a la promotora, son las que tiene que liquidar con la comunidad y las provisiones de fondos, haciendo la devolucion del dinero que haya sobrado.


Muchas gracias por la información, de todas maneras, se supone que la promotora te tiene que dar la vivienda habitable. ¿Esas facturas no debería asumirlas la promotora? Hay que tener en cuenta que si la obra la acaban en junio y hasta septiembre u octubre no entregan ¿va a tener que pagar nuestra comunidad todas esas facturas? ¿no tienen mucho morro, o he entendido mal?
 
TISBI
TISBI
28/05/2007 19:05
Ellos tienen los servicios de obra, incluso en vuestros pisos y aun asi pagareis alta de luz, de agua, etc... por lo que tambien se pagará alta de luz en la comunidad. A ellos les interesa cuanto antes dejar de pagar la luz de obra, por lo que no esperan a tener constituida la comunidad para dar de alta la luz (pongo la luz como ejemplo), esas facturas que iberdrola pasa a la promotora, son las que tiene que liquidar con la comunidad y las provisiones de fondos, haciendo la devolucion del dinero que haya sobrado.
 
TISBI
TISBI
28/05/2007 19:00
A nosotros progesur nos debia dinero, de unas cantidades dadas de mas, cantidades que se acordaron para pagar el IVA y las posibles provisiones de fondos que surgieran.
La constitucion de la comunidad fueron 200 €, de los que nos tienen que devolver dinero, pero no a nosotros, sino a los fondos de la comunidad, por lo que no sé si han pasado ya la devolucion.
Por otro lado, los pisos tienen luz y agua de obra (lo necesitan para trabajar) por lo que supongo que se refieren a los enganches de zonas comunes, ascensor, portal.
 

Fin del hilo
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