El tema de las ayudas hay que solicitarlas antes de que transcurran 6 meses desde la calificación definitiva, que creo recordar que fue el 27/8/7 (está puesto en las escrituras) y hay dos tipos, el cheque vivienda (comunidad de Madrid) y las que concede el Ministerio (prestamo convenido, etc)de todo ello te puedes informar en la zona de descargas porque hubo un vecino que puso el cuadro de ayudas e incluso el formulario para solicitar el cheque vivienda, falta el formulario de las ayudas del Ministerio que te lo puedes bajar de la página de la comunidad de madrid
www.madrid.org. Toda la documentación la puedes presentar tanto en la calle Maudes como en la Avda. Principe de Asturias, en cuanto a la documentación, básicamente declaración de la renta compulsada, DNI, certificado del registro justificando que no posees ninguna propiedad y ya no recuerdo más, pero te lo indica en el impreso de solicitud. Hay que tener en cuenta que el cheque vivienda no incrementa el plazo de protección (20 años) pero las del Ministerio sí, y si te acoges a ellas no puedes vender la vivienda libremente en 30 años. Espero haberte ayudado.