Hola chicos.
Esta mañana hemos estado en la oficina de consumo y hemos preguntado varias cosas. Resumiendo:
1- En el contrato donde expecifica la fecha de entrega, dice: " las partes, se obligan a otorgar la correspondiente escritura de compraventa la cual está prevista en el cuarto trimestre del año 2006, salvo causa justificada o de fuerza mayor, y, en todo caso, en el plazo de 15 dias naturales desde la fecha de obtenion de la licencia de primera ocupación."
Quiere decir, que esto les da pie a entregarlo cuando realmente les de la gana y unica y exclusivcamente podemos reclamar si se retrasan mas de 15 dias una vez aprobada la licencia.
¿Será ese el motivo para no entregar bien odos los papeles en urbanismo?
(Por cierto gracias al retraso hemos perdido la posibilidad del plan renove en electrodomesticos. La comunidad de Madrid lo quitó hace 3 dias.)
2- Tenemos que pedir todos el aval hasta la escrituracion, ya que las unicas formas de justificar que los pisos son nuestros, son o con la escritura o con el aval.
3- Definitivamente es obligatorio que los tubos del gas vayan por fuera, asi que el lunes preguntaremos donde estan.
4- Lo único que podriamos reclamar es lo de la memoria de calidades, es decir ( circuito cerrado de TV, cenefa decorativa en baños y cocina, marmol en pavimento y zocalo de los portales asi como de las escaleras y peldañeado)
Por cierto, cuando vayais a ver los pisos fijaros bien si coincide a memoria de calidades con lo que nos han puesto.
Seguro que os ibais a fijar, pero por ejemplo en la cocina en vez de venir paneles de aluminio, vienen radiadores normales que resultan demasiado grandes.
Un saludo y que durmais bien el domingo.