Buenos dias.
Quería comunicar que hace ya tiempo puse una denuncia en la Dirección General de la Vivienda de la Comunidad de Madrid por unos desperfectos en mi vivienda, ya que al estar nuestros pisos mínimamente subvencionados o tutelados, la Comunidad es competente para ello.
Este hecho ya lo puse en conocimiento del presidente, del anterior administrador e incluso de algunos vecinos.
Aunque el proceso ha sido un poco lento, 2 años desde que puse la denuncia, el resultado ha sido inmejorable. La Consejería abrió expediente sobre el tema, mandó un perito para comprobar los desperfectos, abrió expediente sancionador, ante el recurso de la empresa, volvió a mandar otro perito y finalmente ha dictado una resolución a mi favor, resolviendo la solución de los desperfectos y sancionando económicamente a la empresa.
Todo ello ha sido de forma gratuita y con la ventaja de que es una institución pública con fuerza y capacidad de sancionar la que mediaba con la empresa.
Lo digo porque en la resolución que me han notificado dice lo siguiente " la Ley 38/99 de Ordenación de la Edificación (Arts. 17, 1,b y 3,c,4) fija un plazo de tres años para responder de defectos que afecten a "aspectos funcionales de los elementos constructivos....que permitan un uso satisfactorio del edificio".
Esto supone que el plazo de 3 años no se ha cumplido todavía, y que aún se puede recurrir a este proceso al que le interese, incluso como alternativa para aquellos que han tomado la decisión de ir por la vía judicial.
Un saludo.