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K
kekotron
01/04/2004 12:07

Duda

¿Es necesario presentar la declaración de la renta para demostrar que los ingresos no superan los límites establecidos en el contrato de Robel?

721 lecturas | 3 respuestas
Hola a todos, he estado viendo el contrato que ha puesta robel, y hay unas cosillas que dudo un poco. En el punto que dice que: la parte adjudicataria declara que sus ingresos no superan los limites establecidos en el articulo 12 3c, vamos unos 3,5 veces el salaria minimo interprofesional. Para este punto te piden la declaracion de la renta?? y esto tendrá efecto a la hora de firmar el contrato?, y no a la hora de firmar la hipoteca, no? ya que en ese periodo no se sabe lo q puede pasar en el curro, en relacion a subidas de salario, etc. Si alguien sabe algo de esto que lo comete, ok?
Un saludo a todos.
 
R
rmatias
24/06/2004 23:18
Pues a mí no me dijeron eso...

La última información que tengo, que no viene de Larcovi, es que utilizarán la declaración de la renta de este ejercicio (la que presentemos el año que viene). Será la más reciente que tengamos a la entrega de llaves.

Saludos.
 
F
FJM
02/04/2004 03:03
Hola a todos, antes de nada darle las gracias a Robel por colgar el contrato que nos va a ayudar a aclarar todas estas dudas.

En el tema de ingresos creo que es dificil que sobrepasemos el limite porque los 34742€ de limite al año no son de ingresos brutos, si no que son de base imponible en la declaración de la renta. Es decir que no podemos sobrepasar esa cantidad en la casilla "Base Imponible" de la declaración de la renta.

En cuanto al momento en que se tiene en cuenta creo que es en la firma de la hipoteca porque el RD 1/2002 dice textualmente:

"... del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas, correspondiente a la declaración (o declaraciones) presentada por cada uno de los miembros de la unidad familiar relativa al periodo impositivo inmediatamente anterior (con plazo de presentación vencido) a la solicitud de financiación cualificada."

El RD 1/2002 lo podeis leer aqui:

http://www.mfom.es/vivienda/plan/documentos/decreto0205.pdf

Y el Decreto 11/2001 de la CAM está en:

http://www.madrid.org/vivienda/regulacion/normativa/pdf/Decreto_11_2001_Financiacion_cualificada_vivienda_protegida_2001_2004.pdf

Saludos.
 
G
gato73
01/04/2004 22:29
Kekotron,

Despues de dar varias vueltas creo que es de la siguiente forma:

- Para poder acceder a la vividenda es 5,5 veces el SMI (14*451.20 €= 34742.4).

- Para obtener mas ayudas depende y va en funcion del 4,5 al 2,5 ( RD 1 2002).

- La renta que se tendra en cuenta es la de la anterior a la firma de la reserva o contrato, o sea la del año pasado 2003.

Si alguien tiene otra informacion que la comparta.
 

Fin del hilo
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