le he preguntado a una compañera Arquitecta por alguna cosilla y creo que os voy a cortar/pegar su respuesta y así me ahorro escribirlo:
Cita:
Por partes…en cuanto a la accesibilidad la normativa autonómica (no te la puedo mandar porque no tengo internet y aquí solo la tengo en papel) es la Ley 3/1998, de 24 de junio, de accesibilidad y supresión de barreras (Bocyl 1/07/1998 y BOE 18/08/1998) y el reglamento de aplicación es el Decreto 217/2001, de 30 de agosto (bocyll 4/09/2001) en este reglamento en la Sección 2ª, del Capítulo I del Titulo II Edificaciones de uso privado. Viviendas colectivas. Se dice entre otras cosas que en lo referente al acceso al interior deberá cumplir el artículo 6 (“al menos uno de los itinerarios que enlace la vía pública con el acceso a la edificación deberá ser accesible en lo referente a mobiliario urbano, itinerarios peatonales…” así que entiendo que todos los portales deberían ser accesibles…
En cuanto al acceso al garaje , todas las condiciones que debe cumplir la edificación estarán reflejadas en el instrumento de planeamiento urbanístico de aplicación, en vuestro caso es Arroyo no? Pues sería buscar el plan general o las normas que tengan no sé ahora, si quieres esta tarde te lo busco en casa y te lo miro y te digo, déjame un correo que no sea el de la junta y te lo mando…bueno el caso es que en el plan general vendrán unas ordenanzas que deberá cumplir la edificación y que hacen referencia a acceso a garajes, tamaños mínimos de habitaciones en las viviendas, etc…
Y por último en cuanto a lo de la piscina , yo creo que si entregan un edificio lo tienen que hacer en perfectas condiciones, otra cosa es que cuando llegue el verano esté hecha una mierda y lógicamente la comunidad de vecinos debería correr con los gastos…entiendo yo…bueno en la Ley de Ordenación de la Edificación, Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (Boe del 6/11/1999) se establecen las garantías para los adquirentes, se establecen las responsabilidades de cada uno de los agentes que intervienen en la edificación…
Ahora voy a ver si miro toda esa normativa y a ver si encuentro las normas de Arroyo.
Una duda estúpida, nos falta la ducha en la piscina, no?