Volver al foro
R
respuestas_a_r_que__r
08/05/2007 10:54

¿Qué está pasando?

¿Qué se decreta en el auto del Juzgado de lo Social número 38 de Madrid?

2.217 lecturas | 21 respuestas
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 38 DE MADRID
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Ángel Zuil Gómez, secretario judicial
del Juzgado de lo social número 38 de
Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de
ejecución número 66 de 2006 de este Juzgado
de lo social, seguido a instancias de don
Mateo Jiménez Fassa y don Rachid Belhaj,
contra “Aldesa”, don Rosso Columbazzi,
“Ferrallas Jocam, Comunidad de Bienes”, y
“Bioculitas Arroyo Real, Comunidad de
Bienes”, sobre ordinario, se ha dictado el
auto de fecha 8 de febrero, cuya parte dispositiva
es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Se decreta el embargo sobre los ingresos
que se produzcan en la cuenta corriente de la
parte ejecutada “Ferrallas Jocam, Comunidad
de Bienes”, “Aldesa”, don Rosso Columbazzi
y “Bioculitas Arroyo Real, Comunidad
de Bienes”, en las entidades “Barclays
Bank”, “Caixa Cataluña”, “Banco Santander
Central Hispano”, “Bancaja”, “Banco
Sabadel”, “Citibank”, “La Caixa”, “Deutsche
Bank”, “Ibercaja”, “Bankinter”, “Banco
Pastor”, “Banco Urquijo”, “Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria”, “Banco de España”,
“Caja de Madrid”, “Banesto”, “Banco Nacional
de París”, “Banco Guipuzcoano”,
“Banco de Valencia”, “Banco Popular” y
“Caja Mar”, así como de los saldos acreedores
existentes en las cuentas corrientes, depósitos
de ahorro o análogos y cualquier valor
mobiliario titularidad de las apremiadas
en los que la entidad bancaria actúe como
depositaria o mera intermediaria hasta cubrir
el importe total 2.974,58 euros de principal
adeudado, más 297,45 euros para intereses
y costas calculadas. Líbrese la
oportuna comunicación para la retención y
transferencia de las indicadas cantidades y
sucesivas que se abonen hasta cubrir el total
importe a la “Cuenta de consignaciones” de
este Juzgado.
Asimismo, requiérase la aportación del
extracto de las cuentas corrientes, de las cartillas
u otros análogos que pudiera tener la
ejecutada a la fecha.
Y adviértase:
a) Que el pago que, en su caso, hicieran
a las demandadas no será válido (artículo
1.165 del Código Civil), y que, asimismo,
la transferencia ordenada les libera de toda
responsabilidad frente a las acreedoras.
b) Que este Juzgado es el competente
para conocer las cuestiones que sobre el embargo
decretado se susciten (artículos 236,
238, 258 y 273 de la Ley de Procedimiento
Laboral).
c) De las responsabilidades penales en
que puedan incurrir quienes realicen cualquier
acto de disposición patrimonial o generador
de obligaciones que dilate, dificulte
o impida la eficacia del embargo (artículo
257.1.2 del Código Penal).
Indíquese que este requerimiento debe
contestarse en el plazo de cinco días hábiles
a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos
derivados en lo establecido en
los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento
Laboral.
Notifíquese la presente resolución a las
partes. Al ejecutante, posponiendo su notificación
a las ejecutadas hasta tanto sea efectiva
la traba de lo embargado y a fin de asegurar
su efectividad (artículo 54.3 de la Ley
de Procedimiento Laboral).
Modo de impugnación: contra la misma
podrán interponer recurso de reposición en
el plazo de cinco días hábiles a contar desde
el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose
a las partes que conforme al artículo
244 de la Ley de Procedimiento Laboral
las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán
a efecto no obstante su impugnación.
Se advierte a los destinatarios que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados
de este Juzgado, salvo las que revistan
forma de auto o sentencia o se trate de
emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal
forma a don Mateo Jiménez Fassa, don
Rachid Belhak, “Aldesa” y don Rosso Columbazzi,
en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 8 de febrero de 2007.—El
secretario judicial (firmado).
(03/5.145/07)
 
B
byte05
10/05/2007 10:05
Creo que cuando dice que hercesa ha mandado los papeles, pero creo que no es para la primera ocupacion, sino para la recepcion de la urbanizacion, acordaros que no esta hecha.
Ten en cuenta que para el ayuntamiento, hasta que no se recepcione la urbanizacion, para ellos ni esisten las calles.
lo primero que tienen que hacer hercesa y buenplan, es mandar los papeles para la recepcion de la urb. y una vez aprobado la urb, que cada construccion pida los papeles de primera ocupacion.

Yo creo que estan habalndo de eso.

Aparte de esto, yo creo, que por lo menos una vez al año tenemos que tener una asamblea para que nos digan el estado de cuentas, que han hecho en ese año y nos tienen que dar una copia de una auditoria externa, que estan obligados a hacerla todos los años.
Por muchos poderes que les hayamos dado, ellos tienen que justificar todo lo que estan haciendo( esto lo se por otras promociones, aunque estas eran cooperativas).

Un saludo.
 
C
Cosmo
09/05/2007 20:13
¿cómo pueden mandar las licencias de primera ocupación si ni siquiera han acabado las obras? Además, ¿no decían que aún no han mandado los papeles para la calificación de VPPL? Esto es de locos. A cada uno le contestan de una forma u otra.

Además no me creo lo de la obra antiguan cuando han metido a Arroyoreal en el ajo. Por el tipo de empresa parece que fue un problema con los encofradores muy al principio de la obra. Y la deuda es de casi 3000€ más intereses.
 
O
oscaryraquel
09/05/2007 17:21
¿Acaso estamos haciendo como Comunidad de Bienes más obras?¿no se creó la CB para nuestras viviendas únicamente?

Perdón lo habia mandado inclompleto,
 
O
oscaryraquel
09/05/2007 17:19
A eso puedo contestar ya que en la reunión con el Alcalde se lo pregunte, Hercesa SI ha pedido la licencia de primera ocupación, ademas, eran los únicos que la habian presentado el el Ayto.
Por cierto, si esto que se ha puesto en el foro no tiene nada que ver con nuestra obra porqué aparece ArroyoReal C.B. que sólo estamos haciendo esta obra, ¿Acaso estamos haciendo como Comunidad de Bienes?
 
O
OLYDA
09/05/2007 17:12
hemos hablado esta mañana con carolina. Nos comenta que esto que se ha puesto en el foro no tiene nada que ver con nuestra obra que es un problema que tuvieron un par de trabajadores con la constructora en una obra antigua y la deuda es de 2000 euro.
y nos a dicho que ya van a mandar las licencias de primera ocupación pero hecesa no ha mandadado nada todavia
 
H
house2
09/05/2007 12:00
sin problemas el sabado y domingo
 
F
Fer14
09/05/2007 10:55
Yo puedo el Viernes 11 por la tarde, o la siguiente semana el Sabado por la tarde o el domingo.
 
V
vanecl
09/05/2007 10:39
Nosotros somos de pisos, pero al parecer "pretenden" entregarlo todo a la vez, pero claro no nos beneficia ni a unos ni a otros, porque no tenemos que sufrir los retrasos en nuestro caso, de los chalets, ni ellos los nuestros claro está.

Se me ocurre que cada uno vaya poniendo el día que podría quedar y según la mayoría así hacemos, pero por favor que todo el mundo acuda

Nosotros podemos todo el finde, viernes por la tarde, sábado y domingo todo el día
 
F
Fer14
09/05/2007 10:22
Yo este fin de semana no estoy en madrid, el siguiente puedo el domingo. Pero contar con mi voto para convocar una junta. Este viernes por la tarde tambien podría.
 
O
oscaryraquel
09/05/2007 10:16
Julio o Agosto? vanecl, seguro que ya te lo he preguntado alguna vez pero que tienes, Chalet o piso.¿para quien son esas fechas?, Yo de quedar podría sabado y domingo mañana.
 
V
vanecl
09/05/2007 10:06
Creo que ante todo lo que se está viniendo encima deberíamos reunirnos ya y tomar entre todos una decisión, porque esto se está poniendo cada vez más negro. En más de un año y medio que compramos nuestra vivienda, no nos han convocado a ninguna junta cuando según los estatutos que firmamos junto al contrato, tenemos todo el derecho a ella y además cuando una mayoría lo solicite.

Por ello, considero que debemos dejar de opinar por aquí, ponernos duros y serios y vernos todos las caras, porque no sabemos quiénes somos y como esta gente entra en el foro, desconocemos si todos los comentarios son verdad o no, y quién pertenece a detinsa o no. Si no estamos unidos entre nosotros para hacer presión, ellos van a seguir campando a sus anchas.

Ayer conseguimos hablar con carolina, y dijo que no tenía ni la más remota idea de lo del embargo, y dió nuevas fechas de entrega, entre julio y agosto, pero sinceramente señores, a día de ayer las obras estaban paradísimas, a las 11 de la mañana no había ni dios ...

Qué decís, nos reunimos este finde???
 
O
OLYDA
08/05/2007 18:21
HOLA VECINOS Q NO NOS TOQUEN LOS COJO... QUE LE METO UNA PATADA A LA PUERTA Y NO PAGO UN DURO MAS.... Y LA LUZ Y EL AGUA DE OBRA.
 
F
Fer14
08/05/2007 13:35
Yo esta mañana he hablado con Carolina y en cuanto he visto este mensaje les he vuelto a llamar. Sorprendentemente Carolina no estava, luego he vuelto a llamar y no me lo cojen.

De todas formas no considero que sea para alarmarse por el importo del que se trata, lo que provocara esta situación es que puedan investigar la comunidad de bienes.
 
W
world
08/05/2007 11:30
Estoy realmente sorprendido...

Entiendo que puede ser una demanda a Rosso, pero qué tiene que ver nuestra cuenta de la Comunidad de Arroyo Real? Eso si que no lo entiendo....

Cada vez tengo mas claro que deberíamos pedirles las cuentas de la comunidad, a ver en qué pufo nos meten estos....

Si no lo hacemos en conjunto, lo haré particularmente. Ya pasa de castaño oscuro
 
O
oscaryraquel
08/05/2007 11:30
¿Qué es esto? me estoy acojonando cada vez más, espero que sea como dices Cosmo, a mi no me parece una cantidad considerable, pero todo este tema de los juzgados me acojona pero mucho!!
 
C
Cosmo
08/05/2007 11:26
Yo no soy un jurista, pero por lo que parece se trata de una demanda de dos empleados o proveedores de la costructora Rosso Columbari que está haciendo nuestras casas. Y me imagino que no les quieren pagar la indemnización que han solicitado y por eso el juzgado ha decretado el embargo de cantidades.

No es una cantidad demasiado significativa con respecto al presupuesto general y no debería ser ninguna razón ni excusa para retrasar las obras. Y por las fechas el embargo ya ha debido ser ejecutado y las obras han avanzado, pero poco, desde entonces.

Creo que no es para alarmarse de momento.
 
C
Chupete
08/05/2007 11:25
Esto promete!!
Según esto la empresa Rosso Columbari está embargada. A mi por otro lado me había llegado la noticia de que la empresa estaba en quiebra.... esto confirma mi otra información.... A este paso me veo quitando con una pala la montaña de tierra que hay en la Urb. Esmeralda que es donde tengo yo la vivienda...
Un saludo a todos
 
R
respuestas_a_r_que__r
08/05/2007 11:07
no tengo ni idea!! espero que no, pero www.madrid.org es 1 web en la que se puede fiar uno, espero que no sea nada, pero estoy acojonado!!!! Si alguien se puede poner en contacto con Carolina y comentarnos algo lo agradecería
 
V
vanecl
08/05/2007 11:05
pero bueno qué dices??? por eso están tan paradas las obras no????
 
R
respuestas_a_r_que__r
08/05/2007 11:01
http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobtable=CM_Pagina_BOCM&blobcol=paginapdf&blobkey=id&blobwhere=1142340937000&ssbinary=true&blobheader=application%2Fpdf


Pues por lo que puedo leer estamos embargados ya que somos parte de la Comunidad de Bienes, espero explicaciones URGENTES de Bioculitas!!!
 
V
vanecl
08/05/2007 10:59
Qué significa esto??? dónde lo has encontrado??? ...
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento