Creo que debeis de comprender que aunque como bien dices "vosotros para el final", en vuestra parcela, no existe ningún requisito para calificar el edificio ni nada, es suficiente con que os den la licencia de 1ª ocupación, mientras que en la parcela 37.3 hay que solicitar unos cuantos permisos para poder acceder a la vivienda (DGVA, perteneciente a la Comunidad de Madrid) el cual suele tardar unos 3 meses. Y posteriormente, tendrá que ir el Ayto. para poder tener la licencia de 1ª ocupación. Supongo que sabreis que sin la firma del final de obra del Sr. Arquitecto, no hay nada que hacer. No se pueden empezar a solicitar nada de nada.