VUELVO A CONFIRMAR
¿Cómo solucionar los problemas en nuestra sociedad cooperativa?
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Somos una sociedad cooperativa por lo que a la vez somos promotores de esta obra. Para ello, hemos contratado los servicios de una entidad gestora y esta, a su vez, los d un arquitecto.
La finalidad última de esta contratación es conseguir una vivienda con unas determinadas equipamiento, en perfectas condiciones de habitabilidad y que, por supuesto, cumplan la normativa legal. Este tipo de contrato, entiendo, es un “contrato de obra”, un “contrato de resultados”. Si estos no se obtienen por una mala praxis, creo que podemos exigir responsabilidades legales, tanto a la gestora, por su gestión, como al arquitecto por saltarse la normativa y hacer ejecutar una parte del equipamiento de la obra que la incumplen claramente.
Que yo sepa, la constructora ha realizado la obra siguiendo las indicaciones del arquitecto. De hecho, en sus sucesivas visitas a la obra mandó corregir todo aquello que no estaba de acuerdo a sus especificaciones.
Antes de recepcionar la obra, hizo una lista de desperfectos menores que exigió corregir, pero en ella no pidió cambiar la altura de los techos. Respecto a esto, la altura mínima exigida es de 2,20 y hay zonas en las que sólo hay 2,08. Con semejante discrepancia, es lógico que el técnico municipal no de la LPO por muchas veces que se le llame y salvo que cuando llueva en otoño encojan las máquinas de aire acondicionado de los recibidores, sugiero que empecemos a movilizarnos para desmontar tamaño disparate.
Parece ser que la gestora ha debido creer que con poner pasamanos, señalizaciones, cambiar una puerta, remarcar alguna plaza de garaje y dotar de ventilación a los trasteros era suficiente, y que lo que es realmente grave (la altura de los techos) se le iba a pasar por alto al técnico. Es evidente que los contactos de Charo no han sido suficientes para superar los DOCE CENTÍMETROS.
La gestora nos miente, nos oculta cosas y no nos informa adecuadamente, ni en tiempo ni en forma, y lo lleva haciendo mucho tiempo, por lo que creo que debemos despedirla y gestionar nosotros mismos o buscar a alguien que lo haga mejor.
Respecto al arquitecto, no lo podemos despedir porque ya se ha ido sólo, eso sí después de haber cobrado.
Creo que la responsabilidad de todo este embrollo recae en primer término en el arquitecto, ya que sólo de él dependía, como técnico responsable, el cómo hacer las instalaciones. Y en segundo término en la gestora que es responsable subsidiaria de la actuación negligente de este individuo.
Sugiero denunciar al arquitecto en el Colegio y de paso a éste y a la gestora en el Juzgado y en la OCU ; que sean ellos los que paguen en definitiva lo que nos va a costar arreglar este desaguisado.
Después de un año “mareando la perdiz”, estamos “empantanados” y esto no avanza. Creo que no debemos esperar ni un minuto más a que la gestora haga nada.
¿DÓNDE ESTÁ EL CONSEJO RECTOR, que es el organismo que está obligado a hacer frente a todos estos problemas legales?
Dejémonos de pamplinas y por una vez vamos a actuar en serio y con contundencia. Nadie, sino nosotros mismos podemos dar una solución a nuestros problemas.
¿Qué hacemos? El dueño del edificio son las sociedades cooperativas de las que todos formamos parte y por tanto, nadie sino nosotros, debe a partir de este momento tomar una decisión al respecto si no es con la aprobación de los afectados.
Es imprescindible que todos acudamos el sábado día 1 a la parcela 39.3 a las 11h para acordar las acciones que a partir de este momento debemos emprender.
Propongo que la reunión se lleve a cabo en el interior de “nuestra propiedad”. Por una vez demostremos que realmente es “nuestra”