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ALFA40
ALFA40
05/07/2011 21:05

CERRAMIENTO INTERIOR del tendedero

11.887 lecturas | 22 respuestas

Estimados vecinos,

Durante los últimos días he estado haciendo consultas a varios administradores con experiencia en VPPL y todos coinciden en que “nada impide el cerramiento interior del tendedero –salvo motivos de afectación a la estética de la fachada del edificio, tal y como se señala en la Ley de Propiedad Horizontal, motivos toda vez muy difíciles de justificar”- . Y que “nada impide al respecto el Decreto 74/2009, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid”.

Vamos, que casi se ríen de mí cuando les planteé el tema de los supuestos metros que cambiaban de consideración cuando se cerraba el tendedero…

Adjunto además varios enlaces de otras comunidades de vecinos (VPPL) en los que se ha procedido a cerrar los tendederos sin problema alguno, con la simple solicitud de licencia de obra:

http://www.nuevosvecinos.com/hercesavpplsector11/3241196_cerrar_tendedero.html
http://www.nuevosvecinos.com/hercesavpplsector3/3010657_cerramiento_tendedero.html
http://www.nuevosvecinos.com/sabas/2882789_cerramiento_tendederos.html
http://www.nuevosvecinos.com/actaladehesa/1994643_cerrar_tendedero.html

Os recomiendo que hagáis llegar la consulta a los administradores de vuestros padres, familiares, etc. Y cada uno que saque sus propias conclusiones. Yo mañana a primera hora pido la licencia para empezar cuanto antes.
 

 
S
SRTJLCR
22/08/2011 15:59

La verdad que lo del cerramiento interior ni nos va ni nos viene mientras no haya quitado las lamas, ya que es "cosa suya"( hay que recordar que el cerramiento es responsabilidad de cada vecino y no de la Comunidad, de esta forma, si fuese denunciado por este motivo, no afectaria a la Comunidad). Otra cosa es lo del aire acondicionado que ya han puesto en el patio interior, ya que no se ha establecido un orden a seguir a la hora de ponerlo, pq encima se han cascado un canaleta de arriba a abajo, por fuera de la fachada. 

Por cierto, ¿habéis recibido la resolución de las votaciones y el acta final?

 

Gracias

 
perseo11
perseo11
22/08/2011 10:09

Me he dado cuenta de que un vecino ya ha tomado la iniciativa de cerrar el tendedero acristalandolo por dentro. Si no me equivoco, se trata del portal B, piso 1ºA.

Solo espero que se haya informado bien porque ni siquiera ha esperado a la proxima reunion.

Un saludo

 
S
Susa28
01/08/2011 10:31

Estoy totalmente de acuerdo contigo Anglisar.

Lo primero que tenemos que hacer es votar... (tal como dice la Comunidad de Madrid)

Por tanto, votar este tema es LEGAL...

Luego es pedir las autorizaciones y según nos digan pues así hacemos... que no autorizan pues se acabó el asunto...

Pero desde luego que, por lo menos, tenemos que intentarlo ya que es algo importante y desde mi punto de vista necesario.

Un saludo.

 
anligasar
anligasar
27/07/2011 19:44

Yo creo que se debería de autorizar TODO lo que sea legal, ya que si se quiere poner se pone y si no pues no, y así todo el mundo estará agusto, es desde mi punto de vista, porque como alguien no le dejen poner, quitar .... dentro de la legalidad va a sentar mal, y ya van a estar a malas, no sé si me he explicado, es que así tendríamos una buena armonía, no sé lo que opinareis. Ventanas del tendedero, Toldos, Aires acondicionados .....

 
ALFA40
ALFA40
27/07/2011 18:59

Bueno, bueno, bueno... Gracias Junio2011. Pues sí, Susa, esperemos que en ésto la gente se ponga de acuerdo. No quiero recordar la última reunión.

Tampoco quiero recordar mis posts anteriores relativos a éste asunto del tendedero.

Saludos!

 
S
Susa28
27/07/2011 18:26

Muchas gracias Junio2011 por haberte molestado en mandar un email a la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid.

Ya hemos avanzado un paso más y con esta contestación lo que deberíamos de hacer es someter a votación este tema en la próxima junta, que por cierto, este tema se podía haber votado en la junta anterior, pero bueno.

Una vez que tengamos el acuerdo unánime es pedir las autorizaciones y a ver que pasa!!

Un saludo.

Pdta.: Doy por hecho que nadie se opondrá a este tema no?? ya que, quien quiera, que ponga las ventanas y quien no, que no las ponga.

 
Junio2011
Junio2011
26/07/2011 17:04

Por fin, después de varias semanas he obtenido respuesta de la  Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid.

 

Ésta fue mi CONSULTA:

"Buenas tardes,

Desde hace poco más de dos meses soy propietario de una vivienda VPPL de nueva construcción en el PAU-4 de Móstoles.

Después de varias juntas vecinales muchos vecinos seguimos con la duda de si es acorde a la normativa vigente la colocación de ventanas correderas en el tendedero de la vivienda para evitar la gran cantidad de polvo y suciedad que entra a través de las lamas del mismo, con motivo de las diversas actuaciones urbanísticas llevadas a cabo en los alrededores, y que afecta principalmente a los electrodomésticos (lavadoras, etc.) que en dicho espacio hemos instalado.

La solución que muchos de los vecinos hemos planteado consistiría en colocar dos ventanas correderas en el interior del tendedero, inmediatamente después de las lamas, sin afectar a éstas, y por tanto conservando la estética de la fachada.

¿Es esto legal? ¿Sería viable la solicitud de autorización para realizar dicha obra?

Agradeciendo su atención reciban un cordial saludo".

----------------------------------------------------------------------------------

Ésta ha sido la RESPUESTA:


"Estimado/a Sr./Sra.:

En respuesta a su consulta le informamos que desde el punto de vista jurídico para poder realizar dicha instalación deberán contar con el acuerdo unánime de todos los propietarios debidamente convocados en Junta.

A nivel urbanístico, deberán dirigirse al Ayuntamiento de Móstoles a fin de que les indique la viabilidad de la instalación, requisitos y documentación a para solicitar la licencia pertinente.

Por último, le indicamos que para que los propietarios y, en su caso, arrendatarios de las Viviendas con Protección Pública puedan realizar en ellas obras, modificaciones y reformas, o en los edificios en las que están emplazadas, será preciso que obtengan la previa autorización de la Consejería competente en materia de vivienda, y que no sean contrarias a las ordenanzas técnicas y normas constructivas aplicables.
Si desea otro tipo de información, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de los canales de atención disponibles:

• Telefónico: 012 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados, de 10h. a 13h.)

• Fax: 91.728.52.99 (24 horas)

• E-mail: oficinavivienda@madrid.org

• Correo postal: Avda. de Asturias, nº 28, (28029 - Madrid)

• Presencial: en Madrid: Avda. de Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados de 09h. a 13h.) (Asesoramiento administrativo: lunes a viernes, de 09h. a 14h.). Agosto: lunes a viernes, de 09h. a 14h., y sábados de 09h. a 13h. (Asesoramiento administrativo: lunes a viernes, de 09h. a 14h.).
Le agradecemos su consulta.
Le atendió,
MERCEDES
Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid
http://www.madrid.org/vivienda".

------------------------------------------------

 

Así que, de acuerdo a lo anterior, sería preciso:

  • Acuerdo unánime en Junta de Vecinos.
  • Autorización del Ayuntamiento.
  • Aurorización de la Consejería competente.

 

 



 

 
G
Gusi35
15/07/2011 11:34

http://www.mostoles.es/mostoles/cm/ayto-mostoles/tkContent?idContent=111&textOnly=false&locale=es_ES

 

Por si os interesa.


Editado por Gusi35 15/07/2011 11:35
 
L
liss1
09/07/2011 12:26

Hola a todos:

El tema de las lamas es algo que nos importa bastante a todos sobre todo porque es donde va la lavadora y si le cae el agua de las lluvias,  como he escuchado que dicen algunos vecinos, se puede acabar estropeando, pero he pensado, que si ese fuera el motivo, seria un tema que se deberia tratar con atrium, mas que nada por ser un fallo de construccion de todas las viviendas y por tanto deberian ser ellos los que lo solucionasen.

Por otro lado presente un presupuesto en la reunion sobre los extintores,  y como ya dije lo primero que me dijeron es que habia varios de ellos que no tenian presion, lo que quiere decir, que es como si nada, ademas de eso han ido a ver la central de monoxido y la de incendios y han dicho que no funcionan, es mas le han madado al administrador una serie de fallos en estas instalaciones para que se ponga en contacto con la promotora cuanto antes para que lo solucionen porque si no nos va a tocar a nosotros pagarlo y si viene una inspeccion nos pueden multar.

Les dije que me enviaran una copia de los fallos y llamare al administrador el lunes para saber que medidas ha tomado al respecto, aun asique si alguien sabe del tema me gustaria contar con su opinion.

Gracias y saludos a todos

 
ALFA40
ALFA40
08/07/2011 21:24

Muchas gracias y buen fin de semana Sergio, me alegra -de verdad- tener un vecino tan preocupado e informado. Gracias nuevamente.


 

Editado por ALFA40 08/07/2011 21:32
 
sergiouip
sergiouip
08/07/2011 20:50

- Las leyes y normativas las tiene que interpretar el encargado de hacerlas cumplir. (No el administrador o nosotros)

- En este caso, es la Dirección General de Vivienda. Pero hay que preguntar en el departamento competente. (Area de Sancionadores)

- El tema de las lamas viene reflejado en la Ley de Propiedad Horizontal, y es muy claro. (Lo puedes preguntar en cualquier sitio)

- Añadir el tendedero a la cocina. Hay que preguntar en el Ayuntamiento, ya que por normativa municipal está prohibido.

- Aire acondicionado. Ley de propiedad Horizontal con caracter general. Area de Urbanismo del Ayuntamiento para ver los requisitos que exigen en nuestro municipio.

Se explicó en la reunión...... Nos puede parecer mejor o peor, pero hay cosas que no se pueden hacer....

 
ALFA40
ALFA40
08/07/2011 15:16

Se me ocurre una cosa, ¿podría encargarse alguno de los vocales de realizar una cosulta de forma escrita a la D.Gral. de Vivienda acerca de éstos puntos tan conflictivos?

Creo que sería lo mejor para mantener informados a todos los vecinos.

¡Un saludo!

 
ALFA40
ALFA40
08/07/2011 15:09

Buenas tardes Sergio,

El problema está en la interpretación y aplicación al caso que nos ocupa del artículo 6 del dichoso Decreto 74/2009, de 30 de julio, el resto de la normativa está bastante clara.

Lo suyo es que el Admistrador se encargue de hacer todas estas consultas y no tener que ir uno a uno a la Concejalía de Urbanismo o a Vivienda y recibir distintas contestaciones, pero en fin, de momento parace que eso es lo que hay.

Un saludo y buen fin de semana.

 
N
Nurzalo
08/07/2011 11:17

Buenos días vecinos,

   Estoy totalmente de acuerdo con Sergiouip, debemos tener en cuenta la nomativa de la Comunidad que es la que regula nuestra obra.

   En cuanto a los presupuestos , veo que somos más de  uno los que nos estamos moviendo para ver si conseguimos "algo mejor". Os propongo que le podáis facilitar esos nuevos presupuestos a vuestros vocales y así lo podamos debatir y elegir el que más se ajuste a nuestras necesidades (de la comunidad). Os lo comento porque nos reuniremos próximamente y la intención es estudiar otros presupuestos que no hayan sido propuestos por el Administrador.  ¿Cómo lo veis?

Por favor, en cuanto a las obras que puedan afectar a otros vecinos informaros antes o consultarlo vía foro para que podamos buscar diferentes alternativas o soluciones a nuestros problemas.

Un saludo!

 
sergiouip
sergiouip
08/07/2011 00:46

 

ALFA40 dijo:

Aceites dijo:

Veo que el otro dia se presto poca atencion en la reunion.

El cerramiento interno lo puedes hacer, legal tampoco es, otra cosa es que tu te arriesgues y lo hagas, exponiendote a que te pillen, te multen y te hagan quitarlo, lo que pasa que eso se notara menos porque va por detras de las lamas y disimula mas.

Lo que es impepinable y no se puede hacer es quitar las lamas.

 

 

Aceites, pásate por Urbanismo y les enseñas la concreta disposición legal o reglamentaria que prohíbe el cerramiento interno de un tendedero en VPPL. Me la han preguntado y no he sabido contestarles...

 

Con los datos que te he facilitado ya puedes contestar a los de Urbanismo.

De todas formas, para dudas sobre este tema debeis dirigiros a la DIRECCION GENERAL DE VIVIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Ya que es el Organo competente en esta materia concreta. (Modificaciones de superficies y obras en viviendas protegidas).

Un saludo

 
sergiouip
sergiouip
08/07/2011 00:36

Discúlpame vecino Alfa40, pero los datos que das no son correctos. Te han informado mal y con ello puedes perjudicar a otros vecinos.
Como veo que no ha quedado clara la normativa, paso a explicarla otra vez:
El cerramiento interior del tendedero está prohibido. Y las multas con de una cuantía importante.
En efecto existe una “concreta disposición legal”, que al parecer desconocen los administradores y los técnicos de urbanismo del Ayuntamiento a los cuales has consultado. Pero es algo normal, ya que depende de la Comunidad Autonoma.
Paso a detallarte la normativa:
Artículo 22 del RD 74/2009

De la modificación y anulación de la calificación definitiva
La calificación definitiva, una vez otorgada, solo podrá ser modificada
o anulada de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 102
a 119 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional
cuarta del presente Reglamento.
Queda a salvo la realización de obras, modificaciones y reformas
de las viviendas y demás elementos a los que se extienda la calificación
definitiva que no sean contrarias a lo establecido por la normativa
técnica aplicable, y que sean autorizadas, previamente, por la
Consejería competente en materia de vivienda.
- Este artículo de la ley que citaste anteriormente viene a decir que se pueden hacer obras que no contravengan la “normativa aplicable”. Y que para hacer las citadas obras tienes que tener permiso de la Consejería (de vivienda de la CCAA) no del Ayuntamiento (como tú has pedido).

Y ahora te detallo la “normativa aplicable” en este caso:
Ley 9/2003 del 26 de marzo, sobre: REGIMEN SANCIONADOR EN MATERIA DE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
- En su TITULO II, habla de las Infracciones y sanciones
- En el articulo 8, apartado f) del citado titulo, te detalla la siguiente infracción considerada como MUY GRAVE:     f) La ejecución de obras en viviendas protegidas que supongan aumento en la superficie máxima permitida, o contravengan lo dispuesto en las ordenanzas técnicas y normas constructivas aplicables. (si no modificas la superficie útil, sería una infracción leve;  art 6 apartado g.)
- En el articulo 9, apartado c); se detalla la cuantía de la sanción por las infracciones muy graves. Que podrá ser de 6001 a 60.000 euros. (como dije antes, es una cantidad importante).

¿Como sabemos que esta obra implica una modificación de superficie útil? RESPUESTA:
En el artículo 6 del RD 74/2009, nos detallan como se hace el cómputo de superficies en viviendas como la nuestra. Y como ya se explicó en la reunión, el tendedero computa la mitad de metros por estar “abierto” al exterior. Si realizas el cerramiento, estarás convirtiéndolo en superficie cerrada de la vivienda y computará el total de metros.
Esto implica que incurras en la infracción muy grave antes citada, y que te expongas a las sanciones anteriormente reseñadas.

CON ESTO NO QUIERO DECIR QUE ESTÉ EN CONTRA DEL CERRAMIENTO. SOLO QUIERO QUE QUEDE CLARO A LO QUE SE EXPONEN LOS VECINOS QUE LO REALICEN.
SI ALGÚN VECINO LO VA A HACER, ESPERO QUE LO HAGA DE LA FORMA QUE MENOS PERJUDIQUE AL RESTO DE VECINOS.

Un cordial saludo (sin acritud)
 

 
ALFA40
ALFA40
06/07/2011 13:39

Voy a cerrar por dentro. Las lamas no se pueden tocar, eso está claro.

La idea es cerrar de forma que apenas se vea el aluminio de las ventanas, que como he dicho será del color de las lamas. Es posible que incluso no se vea dicho aluminio. Aunque me salga más caro lo haré así por todos los vecinos.

 
Laura-y-Kike
Laura-y-Kike
06/07/2011 13:31

Debe ser que no me entero bien ¿vas a quiyar las laa o cerrar por dentro?

La verdad esq ojeando foros fe vppl hay gente que los cierra y no pasa mada... No se ....

 
ALFA40
ALFA40
06/07/2011 13:18

Aceites dijo:

Veo que el otro dia se presto poca atencion en la reunion.

El cerramiento interno lo puedes hacer, legal tampoco es, otra cosa es que tu te arriesgues y lo hagas, exponiendote a que te pillen, te multen y te hagan quitarlo, lo que pasa que eso se notara menos porque va por detras de las lamas y disimula mas.

Lo que es impepinable y no se puede hacer es quitar las lamas.

 

 

Aceites, pásate por Urbanismo y les enseñas la concreta disposición legal o reglamentaria que prohíbe el cerramiento interno de un tendedero en VPPL. Me la han preguntado y no he sabido contestarles...

 
ALFA40
ALFA40
06/07/2011 13:16

Acabo de llegar de Urbanismo. He ido a solicitar licencia de obra, he comentado en qué consistía y me han dicho que no habría problema alguno (salvo el tan comentado asunto de la estética de la fachada). La semana que viene inicio obra: una ventana fija y otra corredera con aluminio del color de las lamas del tendedero.


Editado por ALFA40 06/07/2011 13:16
 
A
Aceites
06/07/2011 13:16

Veo que el otro dia se presto poca atencion en la reunion.

El cerramiento interno lo puedes hacer, legal tampoco es, otra cosa es que tu te arriesgues y lo hagas, exponiendote a que te pillen, te multen y te hagan quitarlo, lo que pasa que eso se notara menos porque va por detras de las lamas y disimula mas.

Lo que es impepinable y no se puede hacer es quitar las lamas.

 
anligasar
anligasar
05/07/2011 23:34

Hola Alfa40: entonces ¿has ido a urbanismo? ¿que te han dicho?

 

Fin del hilo
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