Del 5 de julio de 2010
https://www.alcobendas.org/recursos/doc/Urbanismo_infraestructura/Anuncios/1284615020_3112011141137.pdf
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“Se define una nueva ordenanza denominada Ordenanza “Dotacional” que regule las parcelas D1, D2, D3 y S1 con el fin de poder destinar dichas parcelas a cualquiera de los usos dotacionales de interés público y social previstos por el vigente Plan General 2009, es decir, a equipamiento religioso, cultural, docente, administrativo, sanitario, deportivo, asistencial, geriátrico, ocio y espectáculos, servicios infraestructurales y servicios urbanos, de forma que cualquiera de ellas pueda destinarse al uso dotacional demandado en cada momento.”
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“En la actualidad, el ámbito del Plan Parcial del sector “Espino del Cuquillo” cuenta con dos parcelas no edificadas calificadas como Equipamiento Dotacional, las parcelas D2 y D3 y una parcela, la S1, ocupada con un aparcamiento de camiones. Se propone establecer para estas parcelas como parámetros básicos que definan las condiciones físicas y volumétricas, los fijados por un área de movimiento máximo similar al actual , y un número máximo de plantas de 5, para una altura máxima de 16 metros”
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El mapa:
https://www.alcobendas.org/recursos/doc/Urbanismo_infraestructura/API/917908165_1912201695124.pdf
Saludos.