RECLAMACIONES
¿Cómo reclamar los desperfectos en una obra nueva?
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Hola a todos, aunque ya nos contaréis los primeros agraciados en escriturar, sobre si se han realizado o no las reparaciones de los desperfectos, os quería comentar la mejor forma de reclamar en caso negativo.
Hay que enviar un burofax al PROMOTOR (éste a su vez exigirá responsabilidades al CONSTRUCTOR), haciendo referencia al art. 17 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN, donde dice: "El constructor también responderá de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras dentro del plazo de 1 año"
y al art. 3 que dice: "1.- Con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, los edificios deberán proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que se satisfagan los requisitos básicos siguientes:
c) Relativos a la habitabilidad:
c.4) Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio."
En caso de hacer caso omiso del tema o intentar que pase el plazo, habría que enviarles otro burofax haciendo referencia al código civil (1484 - 1487) aportando informe de técnico competente, donde se valore el coste que nos suponen estos desperfectos.
Está claro, no? Pues ala, a ver si se esmeran de aquí a la entrega. Suerte a todos, nos vemos pronto.