Yo le pregunté ayer lo mismo a la persona que me atendió en ASEFA (supuse que sabría más que yo de este tema). Lo que me contó es que una cosa es que la aseguradora tenga el control sobre el dinero, en cuyo caso el banco solo lo libera si la aseguradora lo permite y otra muy distinta el que la cuenta esté restringida a compra de terrenos. En este último caso el banco da el dinero siempre y cuando se garantice que hay una compra, pero no se hace responsable de nada más.
Creo que la diferencia está en que como la aseguradora avala el dinero de los cooperativista se asegura de que la compra que se va a realizar es con sentido, es decir, que el terreno es lo suficientemente grande, que el precio es justo y no un pelotazo a nuestra costa y otras cosas por el estilo. El banco no garantiza nada, con lo cual no le importa que se pague el metro cuadrado a precios astronómicos que ni en la Castellana, porque en definitiva se está comprando un terreno.