Yo no es por desmoralizaros, pero esa es también mi cooperativa y sé que los estatutos no permiten la cesión de la plaza a alguien que no sea un familiar directo del socio.
Esa es la teoría, claro, en la realidad no sé si se cumplirán o no los estatutos (deberían, porque todos nos tenemos que sujetar a esas normas, y a mí no me parecería justo que nadie que haya llegado años después de todo lo que llevamos aguantando los demás vaya a ir por delante de nosotros a la hora de elegir), pero si desde la gestora os lo permiten, ahí tendríais una prueba magnífica de dónde hacen trampas.
Luego cuando alguien vaya a llamar mentirosos a los de la Gestora, o a decir que nos engañan en lo uno o en lo otro o en lo de más allá, acordaos de meter esto también en el lote.