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A
ahijon
13/04/2004 17:47

¿y ahora, que??

¿Cuál es el siguiente paso una vez aprobado el plan parcial en los Ahijones?

1.416 lecturas | 6 respuestas
Hola a todos,
estoy siguiendo muy intrigado estas riñas políticas, pero volviendo al tema que más nos interesa a todos, y partiendo de mi ignorancia, ¿alguien me puede decir cual es el siguiente paso una vez aprobado el plan parcial en los ahijones?? ¿de que plazos hablamos?? ¿de quien depende??

Gracias a todos.
 
Etiquetas
Plan parcial
P
pge
17/04/2004 12:53
Aunque comentéis este tema mañana en la reunión, ¿lo podrías colgar en la página de la asociación, o aquí mismo, para poder consultarlo?
Por motivos laborales no me encuentro en Madrid, y no podré ir a la reunión, pero me interesa mucho (me imagino que como al resto de vecinos) saber cómo queda el tema de las dos plataformas que parece que están trabajando de forma no demasiado coordinada, para saber qué decisión tomar ; y por supuesto, este tema de los pasos que nos quedan por dar.

Muchas gracias a todos por la información que vais dejando en esta página.

Un saludo.
 
R
raetor
14/04/2004 23:09
El domingo si quereis ya os informo con mas detalle. un saludo y animo vecinos
 
A
ahijon
14/04/2004 16:08
Hola Raetor,

¿puedes ser más explicito?? o dime a que mensaje te refieres, me interesa saber cual es el siguiente paso que tenemos que afrontar.

Esto es como lo de ganar la liga, hay que ir partido a partido, no mirar mucho más allá que pasa lo que pasa ...

Saludos a todos.
 
R
raetor
14/04/2004 15:48
Si pero eso esta incompleto. Que ya otra vez expuse en este foro ,por lo que habia aplazamientos en nuestro ambito.
Un saludo y animo vecinos
 
A
ahijon
14/04/2004 09:18
Muchas gracias Adam por tu respuesta.

 
A
adam
13/04/2004 18:14
Hola,
En algún mensaje anterior creo que se ha respondido ya a esto.
Te dejo una contestación dada en el foro del PP a esta pregunta.
Realmente nadie creo que se moje con el tema de los plazos porque depende de multitud de factores.
Saludos.

El desarrollo urbanístico al que nos referimos, por tratarse de un sector de suelo urbanizable programado, adscrito al segundo cuatrienio, a desarrollar por el sistema de compensación, consta de los siguientes procesos:

- Tramitación, hasta su aprobación definitiva y publicación, del correspondiente Plan Parcial de Ordenación y Delimitación de Unidad de Ejecución.
- Tramitación hasta su aprobación definitiva y publicación del proyecto de Estatutos y Bases de Actuación.
- Constitución de la Junta de Compensación.
- Tramitación, hasta su aprobación definitiva y publicación del Proyecto de Compensación.
- Tramitación, hasta su aprobación definitiva y publicación del Proyecto de Urbanización.
- Ejecución de las obras de urbanización del sector y sus conexiones exteriores, hasta su culminación y recepción por parte del Ayuntamiento.

Con relación al tiempo que puede tardarse no es posible saberlo porque depende de muchos factores pero sí podemos darle a conocer los plazos que marca la normativa.

El artículo 1.1.6 del PGOUM/97 establece los denominados "plazos para el cumplimiento de los deberes urbanísticos". Para el Suelo Urbanizable Programado se establecen los siguientes plazos:

- Los planes parciales para el desarrollo de los sectores deberán presentarse dentro de los cuatrienios respectivos, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3.3 de Régimen de Suelo Urbanizable.
- Para el cumplimiento de los deberes de urbanización, cesión y equidistribución, el plazo será de cuatro años desde la delimitación de la unidad de actuación. Si la unidad de ejecución no estuviese delimitada en el planeamiento parcial, el plazo para la delimitación será de dos años desde su aprobación.
- Para la solicitud de la licencia de edificación, el plazo será de dos años desde la adquisición del derecho de aprovechamiento.
- Los plazos fijados en los apartados precedentes regirán únicamente cuando no se establezcan otros distintos en las etapas del planeamiento parcial.
- En todo caso, de los plazos indicados se descontará el tiempo para la realización de aquellos actos que dependan de la administración, siendo siempre posible su prórroga cuando justificadamente se acuerde.



 

Fin del hilo
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