SAN BLAS dijo:
Buenas tardes.
El plazo de prescripción de 5 años, se refiere al ejercicio fiscal.
Estamos en el año 2008, pués Hacienda puede revisar desde el ejercicio del 2003 y así sucesivamente en próximos ejercicios.
Saludos.
¡Hola, San Blas¡
Como muy bien dices Hacienda puede revisar cada ejercicio durante 5 años. En la mayoría de las desgravaciones si te reclama Hacienda después de 5 años se puede alegar que ha prescrito, pero me surge la duda de si ocurre lo mismo con el tema de desgravación por construcción.
Si tenemos presente que empecé a pagar a la cooperativa en abril de 2003 y que Hacienda te concede un plazo de 4 años (hasta el 2007) para construir o devolver el dinero desgravado, surgen las siguientes dudas:
¿Qué ocurre, por ejemplo, si estamos en el año 2011 y revisa la Declaración de la Renta del año 2006?
¿Sólo hay que devolver las desgravaciones del año 2006 o hay que devolver todo el dinero desgravado desde el año 2003?
En resumen, tiene derecho Hacienda a reclamar las desgravaciones desde el año 2003, por el hecho de haberte concedido una prórroga de 4 años y estar los ejercicios 2003,2004,2005,2006 vinculados a esa concesión de prórroga para construcción o, por el contrario, no existe esta vinculación y, por ello, sólo estamos obligados a devolver la cantidad desgravada en el año 2006, teniendo derecho a alegar la prescripción de los años 2003, 2004 y 2005 y a negarnos a devolver el dinero desgravado durante los años anteriores al 2006.
Un saludo,