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H
hman
25/10/2010 18:12

Pgare sin fondos

¿Qué debo hacer si tengo un pagaré sin fondos de una empresa S.L.L?

1.671 lecturas | 4 respuestas

Buenas tardes. Voy a continuar con el tema de pagarés sin fondos, a ver si alguien puede ayudarme.

He visto en el foro que recomendais que lo mejor es denunciar el pagaré, pues embargan a quien te lo dió y las costas son a su cargo. Bien, es que la empresa que me debe el pagaré es S.L.L, o sea, sociedad limitada laboral, por lo que ni los dueños de su empresa ni sus familiares pueden pagar con su patrimonio el importe del pagare. ¿estoy en lo cierto? Si es asi, que debo hacer?. El pagaré vencía el día 20 de octubre, pero me llamaron para decirme que me esperara a hoy, por eso no lo pasé. Pero hoy me han dicho que lo pase la semana que viene. No si si caducará el pagaré, o si debo pasarlo para que quede constancia de que lo tengo. Ayudadme `porfavor, necesito consejo.

Gracias por vuestra atención

 
S
SAN BLAS
27/10/2010 19:50

HMAN, BUENAS TARDES.

MI CONSEJO ES QUE VAYAS A LA SUCURSAL DONDE ESTÉ DOMICILIADO EL PAGARÉ Y GESTIONES DIRECTAMENTE EL COBRO. TE VA A RESULTAR MAS BARATO, PORQUE SI LO HACES EN OTRA ENTIDAD BANCARIA, TE VAN A COBRAR GASTOS DE GESTION POR EL COBRO) Y COMISIONES POR LA POSTERIOR DEVOLUCION , Y TE ASEGURO QUE ES UN DINERAL.

SI NO ESTA CRUZADO, PUEDES TRATAR DE COBRARLO DIRECTAMENTE POR CAJA Y SI RESULTA INCORRIENTE QUE REALIZEN LA DECLARACION SUSTITUTIVA DEL PROTESTO Y DE ESTA  FORMA YA PUEDES EMPRENDER UNA ACCION EJECUTIVA, CONTRA EL LIBRADOR DEL PAGARÉ.

SALUDOS.

 
Q
que_haya_justicia
26/10/2010 23:00

Llévalo al Banco de inmediato, y que te lo gestionen de inmediato (descontado, que es difícil cuando ya está vencido, y si no en gestión de cobro), te cobrarán una comisión de gestión y ya está.

Saludos.

 
H
hman
26/10/2010 13:28

muchas gracias por la respuesta.

Pues la fecha ya ha pasado...que hago?

me puedes decir si le pueden hacer algo siendo SLL (sociedad limitada laboral)

Gracias

 
Q
que_haya_justicia
25/10/2010 22:34

Más te vale que lo presentes al cobro en la fecha estipulada para el cobro en su vencimiento, si no quieres que se perjudique.

Saludos.

 

Fin del hilo
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