Buenas, como ya sabeis hay mucho listo, que te vende humo, y luego donde dije digo, digo Diego.
Ya sabeis, que los pisos estaran para tal año, que todo esta asegurado, que ....
Pues para que no pase mas, que las palabras se las lleve el aire, podeis grabar la conversacion, ojo solo audio, nunca video, y sin ningun miedo, preguntais el nombre de quien atienda vuestra consultas y sus cargo y a grabar, y en caso de juicio, a usarla como prueba.
Toda persona puede grabar SUS propias conversaciones en cualquier tiempo y lugar, sepa o no el interlocutor que se hace o no, quiero o no, cosas que a estos efectos son intrascendentes. Cualquier prueba de este tipo es admitida por los tribunales ya que cabría, por ejemplo, que un testigo informara de ellos. A los jueces mejor llevarles o hacerles partícipies de lo que acaeció, sucedió, dijo, etc. de forma que lo puedan percibir por sus propios sentidos, que a través de testificales, documentales y pruebas miles.
Lo que NO cabe es grabar conversaciones de TERCEROS en las que no se participa
Un saludo.