Si usted compró o vendió una vivienda en los años álgidos de la burbuja inmobiliaria, 2006 y 2007, o si tenía una cuenta vivienda, puede encontrarse con la desagradable sorpresa de recibir en los próximos días una declaración paralela sobre aquellos ejercicios, en la que le exijan el pago de cantidades importantes. Según confirman varios expertos fiscalistas, Hacienda ha lanzado una campaña masiva para tratar de recaudar todo lo posible por aquellas operaciones, buscando pequeñas irregularidades o el incumplimiento de algunos requisitos para aplicarse las deducciones que estaban en vigor entonces.
"Todos sabemos cómo se encuentran las arcas del Estado, y en Hacienda han visto una oportunidad de recaudar en las declaraciones de los años de la burbuja antes de que prescriban", señala una de las fuentes consultadas. Dado que el plazo de prescripción es de cinco años, la campaña de la Renta de 2011 es la última oportunidad para el Fisco de 'meter mano' a las declaraciones de 2006. Las reclamaciones llegan en vía de gestión, no de inspección, normalmente en forma de declaraciones paralelas de esos ejercicios.
Según las fuentes, no se trata de grandes operaciones inmobiliarias, sino de las deducciones que se aplicó el común de los mortales en su declaración, básicamente de tres tipos: la deducción de las cantidades pagadas con financiación ajena (con hipoteca), la exención por reinversión al vender una vivienda habitual para comprar otra, y la deducción de las cuentas vivienda.
En el primer caso, la irregularidad más frecuente detectada por Hacienda es no ocupar la vivienda efectivamente en un plazo de tres años; una condición que, de no cumplirse, obliga a devolver todo lo deducido por inversión en vivienda habitual. En el segundo, existía un plazo para comprar otra casa de dos años tras la venta; y en el tercero, era necesario invertir el dinero de la cuenta en la compra de una vivienda en un plazo de cuatro años (alargado uno más por el Gobierno en 2010 ante la crisis económica).
Ejemplo típico de reclamación
Además de devolver las deducciones, Hacienda reclama intereses de demora y una dura sanción porque presupone mala fe en el declarante, lo cual eleva la cuantía reclamada notablemente. Un ejemplo medio podría ser una vivienda comprada con hipoteca por 250.000 euros y vendida posteriormente por 350.000. En este caso, el contribuyente se dedujo 1.300 euros (el tope permitido) durante cuatro años por la compra, 5.200 euros en total. Además, no tributó por la plusvalía de 100.000 euros ya que adquirió otra vivienda habitual.
En este ejemplo, el Fisco podría reclamarle los 5.200 euros más el 18% (tipo de las plusvalías) de esos 100.000 euros, es decir, otros 18.000 euros. Los intereses de demora desde 2006 pueden suponer un 15% adicional y la sanción puede llegar al 50% de la deuda total. Todo lo cual hace que pueda llegar a los 30.000 euros con facilidad y, en la mayoría de los casos, que supere los 20.000, según las fuentes citadas.
Desconocimiento o circunstancias sobrevenidas
No obstante, en muchas ocasiones no se trata de mala fe, sino de simple desconocimiento de esos requisitos o de circunstancias personales o del mercado que impidieron cumplir esos plazos. En el caso de la ocupación de la vivienda, Hacienda admite muy pocas causas justificadas, tales como cambio de trabajo o de estado civil. Pero hay consultas a Tributos que niegan esta excepción incluso a personas que se quedaron discapacitadas y no podían manejarse en el piso que habían comprado (porque no tenía ascensor o había barreras arquitectónicas).
Es muy típico también el caso de quien vendió la vivienda, se aplicó la exención por reinversión y compró otra sobre plano cuya construcción se retrasó o nunca concluyó por el estallido de la burbuja. Cuando por fin pudo ocupar su nueva casa, se habían superado los dos años.
http://www.elconfidencial.com/en-exclusiva/2011/hacienda-deduccion.html