Ayudas y subvenciones para vivienda
¿Cuándo se deben solicitar las ayudas y subvenciones para vivienda?
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Teniendo en cuenta el artículo 11.3 del R.D.1/2002, de 11 de enero por el que quedó aprobado el Plan de Vivienda 2002-2005, en el que se dice que se entenderá por adjudicatarios a los socios de cooperativas o miembros de comunidades de propietarios a partir del momento en que se les adjudica la propiedad de una vivienda individualizada, nosotros entendemos que no somos adjudicatarios de vivienda hasta el momento de la firma de escrituras. Por consiguiente, ¿es en ese momento a partir del cual hay que solicitar las ayudas y subvenciones o habría que haberlas solicitado ya? ¿Se encargaría la gestora o los socios de forma particular?
Agradeceríamos respuestas. No obstante os agradecemos la lectura del mensaje. Saludos a todos y mucho ánimo