Yo he enviado una consulta informativa a ofigevi, siguiendo las instrucciones de su pagina web (indicando nombre y apellidos, numero de socio y en asunto ´respuestas a socios´ y me han contestado que el computo se hace mediante la casilla 35 de la declaracion de la renta y que esos requisitos del limite han de cumplirse en el momento de la adjudicacion de la vivienda.
Espero que lo que comento sirva a toda la gente que tenga esta duda.
Aprovecho para animar a todos a preguntar sus dudas en la direccion que indican: informacion@ofigevi.com , por lo menos por esta vez han contestado y si su nuevo metodo de respuestas funciona nos ahorraremos quebraderos de cabeza ya que cada uno podemos comentar luego las respuestas que nos dan.
Saludos