No se si esto estará en vigor todavía.
Esto es un extracto del BOCM, si quereis lo cuelgo entero.
Por lo que dice aqui sería muy importante saber si lo entregaron en Julio y si no hubo ninguna contestación o esta fue aprovada, ya que esto nos excluiría de la subida.
BOCM 122 de 25 de mayo de 1999
2. A la vista de la solicitud y la documentación aportada la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en el plazo máximo de tres meses, notificará la resolución expresa de concesión o denegación de la calificación provisional de Viviendas con Protección Pública. Transcurrido el mencionado plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la calificación provisional se considerará otorgada a todos los efectos por silencio administrativo, y para su eficacia, sin perjuicio de la posibilidad de utilizar cualquier otro medio de prueba admitido en Derecho, el promotor podrá instar de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, la expedición de la certificación acreditativa del silencio producido, en los términos establecidos en el artículo 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.