varias cosas del contrato
¿Cuáles son las dudas y preguntas que tengo acerca del contrato?
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Hola a todos, yo no he ido a ningún abogado pero por lo que me han contado unos y otros acerca del contrato, éstas son las dudas y preguntas que me hago al respecto y os agradecería a vosotros que me ayudarais. Si teneis alguna que yo no he reflejado contármela. Gracias por anticipado y espero no confudiros más.
1. Apartado SEXTO. Cuota provisional de participación. ¿Cuál es el total?, ¿es sobre los construidos o los metros útiles?
2. Confirmarme el valor del módulo. 1214,89 € vivienda 728,93€ garaje trastero.
3. Pedir Anexo2(Memoria de calidades), anexo3 y Estatuto de la comunidad.
4. Valor actual. FALTA CALCULARLO.
5. Apartado III en referencia al apartado f.). “siendo de cuenta de la parte compradora, en cualquier caso, los gastos e impuestos por la cancelación del préstamo, incluidos los gastos notariales y registrales.” Habría que quitarlo para que corran ellos con el gasto.
6. ¿No se puede pedir una copia del contrato que tiene la constructora con la aseguradora?
7. ¿Cuándo obtienen la licencia de obra mayor? ¿y el permiso para comenzar las obras?.
8. Apartado IV. “Dicho plazo de entrega podrá ser ampliado para el caso de no contar la promotora con los documentos administrativos necesarios”. Es como darles carta abierta para que se retrasen, ¿no?
9. Apartado VII. Cuando hace referencia a que quedará facultada la promotora a formalizar los estatutos, no estaría de más que los vecinos también revisáramos ese documento. Al fin y al cabo seremos los que lo tenemos que cumplir.
10. Apartado VIII. ¿Alguien me lo explica?.
11. Apartado IX. Me han comentado que durante la construcción existe lo que es el agua y luz de obra, con lo que no me queda muy claro por qué tendrían que dar de alta ellos estos servicios antes de finalizada la obra. Creo que el administrador debería también contratarse una vez constituída la comunidad de vecinos y no que nos lo pongan ellos.
12. Apartado XIV. El párrafo que comienza con “Asimismo, todos los impuestos,…”. Nos obligaría a pagarles la parte proporcional al IBI si se escritura a lo largo del año, y eso no es así, lo pagará quién sea el titular a día 1 de Enero. Si se firma el día 2 mala suerte. Que lo paguen ellos. A ver si así encuentran otro motivo para no retrasarse.
13. Pagina 13. Párrafo que comienza con “INVESIONES ORGAZ, S.A..”. Creo que en el caso de no asistir alguno de nosotros ese derecho no debería delegarse en la promotora, sino que se pierde y ya está.
14. Apartado XVI. Creo que las discrepancias debería revisarlas algún organismo independiente y no precisamente el arquitecto que ellos han puesto.
15. Apartado XIX. ¿Cuándo lo harán?
16. Apartado XX. ¿Dónde podemos consultarlo?, ¿estará ya disponible?
Un saludo.