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GD17
12/11/2009 14:16

CONTRATO DIMORA

¿Cómo se regulan los honorarios de la gestora y las condiciones resolutorias en el contrato de la cooperativa?

752 lecturas | 0 respuestas
Hola de nuevo a todos, os planteo algunas dudas que sigo sin resolver:

He leido varias opiniones en cuanto a que la gestora no cobraría nada hasta finalizar las obras, por si tenía problemas dada su vinculación con Nozar. Pero:
  1. Hay algún tipo de contrato firmado con la cooperativa en este sentido? Cómo se explica que estén colaborando si no tienen argumento legal para luego cobrar?
  2. En el contrato se regulan las condiciones resolutorias por si la cooperativa estima que la gestión no le gusta? Sabéis hasta qué punto está regulado esto? Por mi experiencia con otra vivienda, resulta que no se preveía en el contrato la suspensión de pagos como causa resolutoria, solo la quiebra, así que no se puede hacer nada a menos que resuelvan el contrato ellos. Quiero decir, se puede resolver libremente ese contrato o hay letra pequeña?
  3. Por otra parte, el importe de sus honorarios es una cantidad fijada ya o cobrará un porcentaje? Si la gestora se lleva un porcentaje de lo que cuesten las viviendas, lo que les interesará es que se incremente el importe de las mismas, no? Si se incrementa el rpecio de las viviendas porque no se venden los locales, aumenta también el importe que se lleva la gestora?
  4. Se supone que al final de la obra su porcentaje acordado quedaría disponible en la cuenta bancaria de la cooperativa?
¿Alguien del Consejo Rector o conocedor del tema puede aclarar estos puntos?
Perdonad mi ignorancia pero dada la experiencia pasada esto me causa mucha preocupación.
Muchas gracias anticipadas y saludos a todos.


 

Fin del hilo
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