Hola a todos!
En el suplemento quevivienda del diario qué viene en el diario QUE! viene un interesante reportaje sobre las desgravaciones que nos podemos hacer. Está en la página 2 del suplemento, que es la 26 del pdf. El link es:
http://www.quediario.com/pdfs/barcelona/231106bar.pdf Un resumen del reportaje es:
La compra de tu vivienda desgrava... Puedes incluir todos los gastos aparejados En general la adquisición de una vivienda contempla una deducción del 15% con un límitemáximo por contribuyente de 9.015€(que no aumenta en los casos de tributación conjunta). Este importe se deduce sobre una base que incluye el importe pagado por la adquisición del inmueble, así como sus gastos aparejados: pago del Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales onerosas, costes relacionados con el notario
y el registro e incluso las comisiones de los intermediarios en la operación.
...Y pedir un préstamo para tu casa La compra financiada permite deducirse más Si pides un préstamo por más del 50% del importe de la compra, te beneficias de los coeficientes incrementados: durante los dos primeros años te deduces un 25% con un máximo de 4.507€. Pasado ese plazo, un 20% con el mismo máximo. Para
cantidades superiores a 4.507€, se prevé un 15%. Importante: para beneficiarte de las deducciones debes ocupar la casa antes de un año desde la entrega y habitar en ella tres años. Si te vas antes, devuelves lo deducido. Hay excepciones.
¿Qué sucede con garajes y trasteros? Mejor si los adquieres junto con la vivienda Cuando la plaza de garaje y el trastero se compran junto a la vivienda, ese gasto forma parte de la base deducible total. Así, el contribuyente puede desgravarse el
15% con un máximo de 9.015€. Si la compra es financiada,
se aplican los coeficientes incrementados.
No te líes con las ‘señales’ de reserva El importe previsto para la reserva no desgrava Cuando la vivienda ya está construida y el contribuyente entrega una ‘señal’ al vendedor para que éste le reserve el inmueble durante los trámites para adquirirla, hay que tener en cuenta que no es posible deducirse este importe
en concepto de compra de la vivienda.
Para tener en ‘cuenta... vivienda’ Un producto bancario útil para los más jóvenes La cuenta vivienda permite deducirse el 15% con un máximo de 9.015€. Eso sí, no puedes disponer de esa cantidad si no es para la compra de una casa. Si no la adquieres antes de cuatro años, tienes que devolver lo que te has desgravado en ese plazo.
Hasta luego!