En el mismo foro dan una explicacion a esta sentencia:
Cuando estaba en vigor el PGOUM Mangada de 1.985, pero siendo ya Alcalde Manzano, se iniciaron los PAUS.
Los primeros ( las Tablas, Sanchinarro, Montecarmelo,y otros), se tramitaron como modificaciones puntuales del PGOUM del 85 en vigor, justificando documentalmente el Ayuntamiento la decisión del porqué se desclasificaban de suelos más o menos protegidos por ese Plan.
(En esa época se pensaba en un espacio de reserva de contorno para zonas verdes y parques).
Pero al entrar en vigor el posterior PGOUM del 97, nadie se preocupó de una demanda que había puesto el PSOE (Juan Barranco), sobre los otros PAUS, incluídos ya en el el nuevo PGOUM, debido a que creían que el nuevo Plan de Urbanismo madrileño sustituía al del 85, y no era necesario ya oponerse a esa demanda.
Pero como ya había una sentencia anterior del TJCM, pues el 3 de Julio pasado, va el T.S. y la ha ratificado, y ahora deberán justificar el porqué de esas modificaciones, y eso cuando ya hay un nuevo PGOUM y todo.
Un despropósito, pero como la Justicia es tan lenta, las sentencias cuando salen las circunstancias ya han cambiado.
Y como el T.S. es irrecurrible, pues tendrán que justificar ante el T.S., los cambios en la Ordenación, los servicios municipales.