Takeda lo expuso muy bien:
Firma de convenio entre la Junta de Compensación y el Ayuntamiento por el tema de los colectores.
-Aprobación inicial de la reparcelación (Junta de Compensación).
-Periodo de alegaciones (Ayuntamiento)
-Aprobación definitiva de la reparcelacion (Ayuntamiento)
-Registro de las diferentes parcelas (Registrador de la propiedad)
-Escrituración de la Parcela (Propietarios y el notario xD).
-Calificación Provisional (Ayuntamiento/Comunidad, se necesita la parcela escriturada, que los socios cumplan los requisitos y el proyecto basico de edificación).
- Permiso de Edificación (Ayuntamiento).
(Creo que los cuatro ultimos tramites pueden solaparse en cierta medida en el tiempo.
Si tenemos en cuenta que la construcción son dos años sería necesario que se pusieran a construir mañana y para construir hay que tener parcela escriturada. Alguien en el sector tiene la parcela escriturada??